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Información sobre el delito de Acoso Sexual, Mobbing, Acoso Moral .

 

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Acoso sexual o moral, afectados por la Justicia, reclamaciones por daños sufridos, y otros servicios. Infórmese antes de actuar.

¿Qué entendemos por acoso sexual?

¿Qué entendemos por acoso moral?

¿Qué responsabilidad tiene el empresario?

¿Qué hacer si detecta que es víctima de una situación de acoso?

¿Y los afectados por el mal funcionamiento de la Justicia?

¿QUÉ ENTENDEMOS POR ACOSO SEXUAL?

Desde 1995, el artículo 184 del Código Penal establece que "el que solicita favores de naturaleza sexual, para sí o para otro en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, y que este tipo de comportamiento provoque a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal provocado por dicha relación..." incurre claramente en una conducta de Acoso.
Por su parte, conforme al artículo 4.2.e del Estatuto de los Trabajadores, se considerarán como un atentado contra el respeto de la dignidad de los trabajadores "las ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual".

ESTÁ SIENDO ACOSADO SI...

Se siente tratado de un modo distinto por razón de su género

Observa un comportamiento seductor por parte de su jefe, compañeros o terceras personas, requiriéndole atención sexual no deseada

Su jefe necesita dominar y lo hace expresamente con sus subordinados y de forma habitual

Se encuentras sometido a una ampliación de la jornada laboral injustificada así como una sobrecarga de trabajo con exigencias incoherentes

Sufre de un estilo de dirección que, de forma sistemática, provoca la sobrecarga y la tensión que puede generar estrés y depresión

Siente que determinadas conductas pueden atentar contra su integridad física y moral

Cree que su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen está siendo vulnerado

Ve que peligra su derecho al trabajo y a la salud al no aceptar ciertas conductas inadecuadas

Habitualmente se encuentra sometido a un trato degradante por parte de sus compañeros y/o superiores

Recibe e-mails, llamadas telefónicas e invitaciones para salir sin que sean de su agrado

¡Basta ya de silencio! ¡Defienda sus derechos!

¿QUÉ ENTENDEMOS POR ACOSO MORAL?

El acoso moral consiste en un maltrato modal y verbal que recibe un empleado de forma deliberada, bien por parte de un jefe, de un compañero o grupo, con el objetivo de desestabilizarlo y minarlo emocionalmente con el propósito de deteriorarlo y disminuir su capacidad laboral.

ESTÁ SUFRIENDO MOBBING .

Se siente aislado o incomunicado

Es criticado de forma sistemática en todos los trabajos que desempeña

No le asignan trabajo alguno

Percibe un entorno de burla, de rumores hacia su vida privada o familiar con el fin de minar su imagen o reputación profesional o social

Mediante el chantaje o amenaza de su puesto de trabajo pretenden un despido sin argumentos sólidos con la intención, mediante el asedio, de imponer un traslado no deseado, un desplazamiento y/o modificación de las condiciones de trabajo

Este tipo de comportamiento lesivo termina provocando a la víctima un estado de confusión y malestar, minando su autoestima y perdiendo la confianza en uno mismo, lo que puede generar estados de insomnio y depresión, ansiedad, estrés postraumático..., entre otros síntomas.

¡No permita que se vulneren sus derechos fundamentales!

 

¿QUÉ RESPONSABILIDAD TIENE EL EMPRESARIO?

Si se encuentra en alguno de estos supuestos, debe saber que no sólo tiene responsabilidad el jefe o compañero que mantiene este tipo de conducta ilícita, también debe responder el empresario de todas aquellas situaciones en las que se produzcan daños causados en el desarrollo de una relación laboral, por lo que usted puede ejercer la reclamación de sus derechos de acuerdo a la normativa legal vigente.

Esta responsabilidad puede venir derivada de:

Si la empresa conoció la existencia del acoso y no lo sancionó debidamente

Si en el centro de trabajo no existe un procedimiento específico para resolver este tipo de denuncias de los empleados, lo que conllevaría la adopción de medidas preventivas. La empresa debe disponer de un código de conducta que regule este tipo de problemática

¿QUÉ HACER SI DETECTA QUE ES VICTIMA DE UNA SITUACIÓN DE ACOSO?

Registrar o escribir situaciones de acoso anotando las fechas, horarios, lugares y posibles testigos, incluyendo aquellas personas que no lo han presenciado pero sí han tenido conocimiento de los hechos a través de usted

Escriba qué es lo que le dijo y qué sentimientos le provocó

Conserve cualquier objeto que le envíe el acosador: cartas, correo electrónico, regalos, registro de llamadas telefónicas, etc.

Hable sobre el problema con sus compañeros de trabajo y personas más cercanas, aunque pueda resultarle difícil, pero puede ser útil

Averigue si el acosador está acosando o ha acosado a otras personas

Es conveniente que, si puede, le comunique por escrito en persona (con la conveniencia de ir acompañado), que su comportamiento es inapropiado y que no está dispuesto/a a aceptarlo

Informe del acoso al jefe inmediato superior, director de personal o director general

Busque apoyo médico y/o psicológico si lo precisa

Acuda a personal cualificado para recibir el apoyo jurídico y psicológico necesario antes de emprender cualquier acción legal

¿Y LOS AFECTADOS POR EL MAL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA?

Todo ciudadano tiene derecho a recibir de los poderes públicos una respuesta que se corresponda con la verdad y la realidad de los hechos y que afecte a sus intereses o derechos. El ciudadano tiene derecho a acceder a los recursos, a una sentencia justa y a un proceso sin dilaciones indebidas.

La víctima que ha sufrido una lesión antijurídica por parte de la Administración de Justicia tiene derecho a reclamar una reparación integral de sus bienes o derechos.

El ciudadano no puede silenciar una resolución esperpéntica, absurda, que rompe con el orden jurídico: ¡basta ya de silenciar resoluciones que más que sentencias son despropósitos!

Le informaremos de las normas legales para reparar el daño causado por los poderes públicos o privados.

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