ESTAMOS A SU DISPOSICIÓN PARA PROPORCIONARLE :
Información presencial (en nuestras Gerencias) o telefónica (a través de la Línea Directa del Catastro), tanto de carácter general como res pecto a inmuebles concretos, respetando las limitaciones establecidas para el acceso a los datos personales por la legislación.
Información de carácter general a través de la página Web del Catastro ( www.catastro.meh.es ) o de la Oficina Virtual del Catastro ( http://ovc.catastro.meh.es ).
Asesoramiento y asistencia para el cumpli miento de sus obligaciones con el Catastro, así como para la presentación de todo tipo de documentación (declaraciones, solicitudes, recursos, etc.).
Certificados (literales y gráficos) de los datos que constan en el Catastro, incluso por vía telemática.
Acceso a otros productos catastrales: cartóg rafa (en soporte papel y digitalizada), ortofo tografías (en soporte papel y digitalizadas), etc.
Acceso a la Cartografía Catastral Digital a través de la. Oficina Virtual del Catastro.
Acceso a la información catastral y obtención de certifi caciones catastrales a través de los Puntos de Información Catastral establecidos en los Ayuntamientos y otras entidades públicas (puede consultar la localización del PIC más cercano en ( http://ovc.catastro.meh.es ).
Además, el Catastro ha puesto en marcha líneas de colaboración con otros órganos de las distintas Administraciones Públicas y con los notarios y los registra dores de la propiedad, con el fin de que dispongan directa mente de la información necesaria para el ejercicio de sus competencias, y así evitar a los ciudadanos la necesidad de solicitar certificados catastrales para la tramitación de diversos procedimientos, tales como las relativas a las ayu das de la Política Agraria Común, becas, ayudas a la vivien da, prestaciones sociales, otorgamiento de licencias, etc.
De esta colaboración también resulta la exención de la obligación de presentar declaración catastral, cuando el Catastro disponga de la información a partir de las comu nicaciones que remiten los notarios y registradores y los Ayuntamientos.
PUEDE PONERSE EN CONTACTO CON NOSOTROS FÁCILMENTE:
Por teléfono: En la Línea Directa del Catastro (90217 36 15) y con horario de 9 a 19 horas ( 8 a "18 horas en las' islas Canarias), le informa remos sobre cualquier actuación relacionada con el' Catastro, le aclararemos el contenido de documentos y le ayudaremos en la cumplimentación de declaraciones.
Esta línea dispone además de un servicio de contestador automático (24 horas), en el que podrá formular sus consultas fuera de ese horario.
A través de Internet: En la página www.catastro.meh.es podrá obtener informa ción y descargar programas de ayuda . Además, la Oficina Virtual del Catastro permite realizar consultas sobre datos generales de los inmue bles y obtener certificados telemáticos de los inmuebles de su titularidad, si dispone de DNI electrónico o certificado de firma electrónica. En caso contrario también puede obtener estos certificados acudiendo al Punto de infor mación Catastral más cercano.
En nuestras oficinas: En el horario indicado en el apartado 10 (preferentemente mediante cita previa obtenida a través de la Línea Directa del Catastro), para ser atendido por personal especializado
-TRAFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSION ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
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-VARIOS TEMAS.
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