HOME/MAPA
consultas juridicas consultas legales
respuestas legales

Asesoramiento Jurídico y Legal .Consultatuderecho.com

abogado internet
laboral laboralista informe juridico

Consultas Juridicas

902 021 086

 
 
 
 
 

Tfn. At. Cliente

902 021 086

Cuando no lo veas claro consulta a tu abogado

No esperes a tener un problema, evitarlo. Un abogado no es solo para ir a juicio, es tu asesor, cuando necesites consejo profesional. Es tu árbitro, cuando quieras evitar un pleito. Es tu defensor en un juicio. Es la respuesta a tus dudas ante un contrato, una herencia, un despido....

   

abogados CONSULTAS despacho juridico consulta legal abogado despido indemnizacion juicio juzgados demanda derechos obligaciones condena pena delitos carcel juridica divircio separacion matrimonial pension incapacidad juzgados jueces condenas sentencias procuradores procesos civiles demandas escritos modelos

tags

asesromiento legal palabras claves

La Competencia y Procedimiento de la Disciplina Urbanística y Territorial
 

 

LA COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO
Artículo 46.
Las autoridades y órganos competentes para imponer las multas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39.5, serán los siguientes:
a) Los Alcaldes, para las infracciones leves, cualquiera que sea la cuantía de la multa.
Los Ayuntamientos para las infracciones graves que no excedan de 10.000.000 de pesetas.
b) Los Presidentes de los Cabildos, para las infracciones graves cualquiera que sea la cuantía de la multa.
c) El Director General de Urbanismo, para las infracciones muy graves sancionadas con multa de hasta 50.000.000 de pesetas.
LEY DE DISCIPLINA URBANÍSTICA Y TERRITORIAL DE 1990
DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCIÓN ARQUITECTÓNICA: UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DUyT-25
d) El Consejero de Política Territorial, para las infracciones muy graves, desde 50.000.000 de pesetas hasta un importe máximo de la multa de
100.000.000 de pesetas.
e) El Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero de Política Territorial, para las infracciones muy graves, cuando el importe de la multa
exceda de 100.000.000 de pesetas.
Artículo 47.
1. La competencia para incoar el expediente sancionador corresponderá, además de a los órganos mencionados en el artículo anterior, a los Ayuntamientos
y a los órganos urbanísticos especiales previstos en las Leyes, y su tramitación al órgano competente para la imposición de la sanción.
2. El importe de las multas impuestas como consecuencia de infracciones urbanísticas se ingresará en las arcas del Ayuntamiento en cuyo término
municipal se produzca la infracción.
Si el Ayuntamiento fuese advertido por el Cabildo Insular o la Consejería de Política Territorial de la existencia de una presunta infracción de su
competencia y aquél no iniciara el procedimiento sancionador en el plazo de un mes o no lo impulsara con la diligencia precisa, de tal modo que en
el Cabildo o la Consejería hubieran de suplir la pasividad municipal mediante subrogación en su inicio o conclusión, el importe de la multa que se
imponga será percibido por la entidad que se hubiera subrogado.
Artículo 48.
Los expedientes sancionadores por


BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO

-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.

-HERENCIAS Y DONACIONES.

-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.

-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.

-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.

-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC

- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.

-PENALES.

-EXTRANJERÍA.

-VARIOS TEMAS.

 

Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales.

 

Comentario en RadioTelevisiónEspañola sobre Consultatuderecho.com

Para consultar a un abogado tenemos diferentes servicios jurídicos desde 1,20 € a 40 €.

La información aquí recogida lo es solamente a nivel orientativo, sin que quepa ningún tipo de responsabilidad por el uso que de la mismas se pueda hacer por terceras personas.

 El visitante debe verificar su contenido y actualidad en alguna fuente oficial, las afirmaciones y opiniones vertidas en esta pagina son meramente orientativas, y no constituyen en ningún caso, una asesoría o asistencia jurídica detallada. El despacho de abogados que la gestiona, no se responsabiliza del uso o interpretaciones que los lectores puedan hacer del contenido de esta pagina web y recomienda que ante cualquier contingencia se recurra a los servicios de un profesional.

 

CONSULTA JURÍDICA INMEDIATA 1,20+iva

DIVORCIO 450 EUROS

Servicio de reclamación de deudas coste 30 €

Elija abogado que le defienda en accidentes de tráfico con cargo a su poliza de seguro

Consulta Gratuita de Embargos Hipotecarios

Servicio de solicitud de Pensión de Incapacidad

Comentario en RadioTelevisiónEspañola Consultatuderecho.com

LISTADO DE TODAS LAS PAGINAS DE LA WEB CONSULTATUDERECHO.COM
PROPIEDAD DE HERMO CONSULTING SL CIF B 76047737
 
letrado gratis consultas juridicas gratis
consultas legales gratuitas consultatuderecho.com- - 2005- respuestas juridicas
preguntas juridicas respuestas legales preguntas legales