Los derechos que tiene el consumidor en virtud de la garantía legal únicamente se pueden exigir cuando el producto que ha comprado es defectuoso o no es conforme con el contrato, lo cuál se entenderá si el producto se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias o situaciones:
.Que no se ajuste a la descripción hecha por el vendedor o no posea las cualidades que el vendedor le presentó a través de una muestra o de un modelo.
.Que no resulte apto para el uso al que ordinariamente se destine ese tipo de producto.
.Que no resulte apto otro uso especial, cuando el consumidor haya puesto en conocimiento del vendedor dicho uso especial por el que quería comprar el producto y el vendedor haya admitido que el producto es válido para ese uso especial.
.Que no presente la calidad y las prestaciones habituales que cabe esperar para un producto de dicho tipo y teniendo en cuenta su naturaleza.
.Cuando, tratándose de un producto que deba ser instalado y dicha instalación venga incluida en el contrato de compraventa, la misma haya sido efectuada incorrectamente por el vendedor o por alguien bajo su responsabilidad, o bien la instalación defectuosa se deba a que el consumidor la ha realizado siguiendo unas instrucciones de instalación incorrectas.
Ahora bien, si estas faltas de conformidad eran conocidas por el consumidor cuando adquirió el producto o se originaron por materiales suministrados por él, no se le podrá exigir responsabilidad al empresario.
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