Comunicaciones inspección tributarias.
Son comunicaciones los medios documentales mediante los cuales la Inspección se relaciona de forma unilateral , con cualquier persona.
Por medio de las comunicaciones la Inspección podrá poner en conocimiento de los interesados hechos, datos o circunstancias.
También por medio de las comunicaciones se podrá realizar los requerimientos que procedan.
Lo característico de las comunicaciones es que reflejan actos unilaterales de la Inspección.
Los genera la propia Inspección firmándose únicamente por esta.
Las comunicaciones deben hacerse llegar y notificarse al interesado .
En las comunicaciones se hará constar:
El lugar y la fecha de expedición.
La identidad de la persona a la que se dirigen.
La identificación y la firma de quien las remita.
Los hechos o circunstancias que se comunican.
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