Contratos que contienen una cláusula de prohibición de competencia, agencias de viajes.
PRIMERO.- La Sentencia de la Audiencia Nacional dictada en el recurso contencioso-administrativo a la que se hace referencia en el Antecedente de Hecho 3 de esta Resolución, ha sido declarada firme, según comunicación de 10 de enero de 2007 de la Presidenta de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
SEGUNDO.- Según establece el artículo 104 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Administración que hubiera realizado la actividad objeto del recurso deberá llevar a puro y debido efecto las sentencias firmes, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, por lo que, al no haberse cumplido por Viajes …….. S.A. lo dispuesto en el apartado 4º de la parte dispositiva de la Resolución recurrida, procede ordenar su cumplimiento.
En su virtud, vistos los artículos citados y los demás de general aplicación, el Tribunal de Defensa de la Competencia . BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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