Para iniciar el proceso pena debe tenerse siempre presente que, una vez ocurrida la infracción, no puede luego iniciarse el proceso cuando se quiera: es necesario que se inicie dentro de unos plazos que marca la ley, denominados plazos de prescripción. Estos plazos empiezan a correr desde el momento en que se cometió la infracción criminal. Es necesario que el proceso comience dentro de esos plazos. Si no es imposible ejercitar la acción penal,y, por tanto, no se podrá obtener el castigo del culpable.
Respetados estos plazos y consultado un abogado para que dé los consejos oportunos en orden a la justificación de la existencia y extención de los perjuicios resultantes de la infracción de la que se ha dido vícitma, las posibilidades de uqe se abra el proceso penal se materializan en do fórmulas distintas, con un alcance también diferente. Estas dos fórmulas son la denuncia y la querella.
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