Denuncia por rescisión o revisión de convenio laboral.
La denuncia proponiendo la rescisión o revisión del convenio deberá presentarse ante el Organismo Laboral correspondiente, con una antelación mínima de tres meses, respecto a la fecha de terminación de su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.
Una vez efectuada la denuncia, de acuerdo con el apartado anterior,se establecerán las negociaciones en un plazo máximo de 15 días después de la presentación de un proyecto sobre los puntos a modificar oincluir.
Tanto en el caso de rescisión como en el de revisión, el régimen establecido en este convenio, se entenderá prorrogado hasta que las partes se rijan por un nuevo convenio o entre en vigor la revisión pertinente.
El escrito de denuncia, cuando esta se verifique por la Representación Social, incluirá la certificación de los acuerdos adoptados a tal efecto por el comité de empresa, o en su defecto, por los/as trabajadores/ as afectados/as.
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