DIFERENTES DERECHOS INCLUIDOS EN LA GARANTÍA LEGAL
Cuando el consumidor compra u producto que resulta ser defectuoso o no es conforme (ej. No es apto para el uso habitual de ese producto) tiene derecho a su reparación, sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato. Sin embargo, la normativa no ofrece todas estas opciones en el mismo momento y condiciones sino siguiendo una serie de reglas:
En primer lugar, el consumidor podrá optar entre la reparación del producto o su sustitución, salvo que una de las dos opciones resulte imposible o desproporcionada, la normativa no señala expresamente quién debe decidir si la opción elegida es imposible o desproporcionada, por lo que en casa caso concreto se determinará la solución más ajustada según unos parámetros que la propia norma ofrece.
Respecto a la imposibilidad de la reparación o sustitución, la norma sólo hace mensión expresa a dos supuestos y, además, sólo aplicables en el caso de que el consumidor quiera que le cambien el producto; y así, el consumidor no podrá elegir que le cambie el bien si lo que compró fue un bien no consumible o un bien de segunda mano.
Respecto a la desproporción de la reparación o sustitución, la norma señala que será desproporcionada una u otra cuando imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta; el valor del bien si fuera conforme, la relevancia de la falta de conformidad y si la otra opción se pudiese realizar sin mayores inconvenientes para el consumidor.
Tanto la reparación como la sustitución serán gratuitas para el consumidor, dicha gratuidad comprenderá, en especial, los gastos de envío, los costes de la mano de obra y de los materiales.
Ambas reparaciones o sustitución deberán llevarse a cabo en un plazo razonable, teniendo en cuenta la naturaleza del producto y la finalidad que tuviera para el consumidor. Por ejemplo si el producto defectuoso es un electrodoméstico de uso diario(ej. Un frigorifico) el plazo razonable será inferior que si se trata de un producto de uso esporádico.
Una vez el producto ha sido, bien reparado o bien sustituido por uno nuevo, el consumidor puede encontrarse ante diversas situaciones, dependiendo de la opción elegida:
Si la opción elegida es la reparación del producto, se debe tener en cuenta lo siguiente:
Si, dentro de los seis meses siguientes a su reparación, éste volviese a presentar las mismas faltas de conformidad o con el mismo origen por el que fue reparado, el vendedor responderá por ello, eso significa que:
El consumidor podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada o se trate de un bien no consumible( por ser éste insustituible) o de segunda mano.
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007
El consumidor podrá exigir la rebaja del precio o la resolución del contrato si:
La sustitución es desproporcionada.
La sustitución no se realiza en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor.
Si la opción elegida es la sustitución o cambio del producto y el producto sustituido fuera también defectuoso o no conforme, el consumidor puede exigir:
-La reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada.
-La rebaja del precio.
-La resolución del contrato. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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