DERECHO MERCANTIL COMO FENÓMENO HISTÓRICO.
En nuestro país el la raíz del derecho provienen del derecho romano, y en los tiempos de roma el derecho estaba dividido en derecho publico y privado, y las dos ramas fundamentales del derecho privado eran el derecho civil y el mercantil.
El nacimiento del derecho mercantil como rama distinta y separada, esta ligado a la actividad de los gremios o corporaciones de mercaderes que se organizaron en las ciudades comerciales medievales, para la mejor defensa de los interese comunes de clase. Las corporaciones perfectamente organizadas, no solo estaban regidas por estatutos escritos que en su mayor parte recogían practicas mercantiles tradicionales, sino que ademas instruyeron tribunales de mercaderes ( Jurisdicción Consular ), que resolvía las cuestiones surgidas entre los asociados.
También han contribuido eficazmente al desarrollo del derecho mercantil en esa época los Estatutos u Ordenanzas de las propias ciudades o municipios que recogían frecuentemente preceptos o normas reguladoras del comercio. La Manifestación mas acusada de ese proceso histórico medieval creador del derecho mercantil se encuentra en el llamado derecho estatutario italiano.
La aportación española ha sido también importante, ello se aprecia en el libro del Consulado del Mar, que fue la mas completa colección medieval de usos marítimos alcanzando vigencia durante siglos en todos los puestos del mediterráneo. Pero a parte de esa colección de usos en la obra legislativa castellana de la Edad Media se encuentran números disposiciones reguladoras del comercio.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
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