La Política Criminal y el ordenamiento jurídico.
Las teorías criminológicas no pueden pretender una validez absoluta y, mucho menos, vincular al legislador en sus decisiones sobre cuáles son las conductas merecedoras de pena. Éste es un problema que adopta características propias y que, en última instancia, se resuelve como un problema político (criminal).
Son varios los factores que ayudan al legislador a tomar una decisión sobre el merecimiento de pena de una conducta:
factores normativos o de justicia (la cuestión de la proporcionalidad)
factores empíricos o de utilidad (las normas se justifican por los efectos beneficiosos que producen y no sólo por su justicia intrínseca)
Ambos constituyen la Política Criminal, interfiriendo mutuamente para establecer el concepto de merecimiento de pena. Esta conducta merecedora de pena es la que finalmente llega al Derecho penal, que la elabora con sus propios criterios y en función de finalidades y metas específicas.
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