Derechos de las trabajadoras por cuenta ajena.
Derechos laborales
Son derechos de las trabajadoras por cuenta ajena para hacer efectiva
Su protección o su derecho a la asistencia social integral.
Derecho a la reducción de la jornada laboral que conlleva una reducción del salario en la misma proporción. Se puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para mantener las mismas bases de cotización y que no se vean afectadas las futuras prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común o accidente no laboral.
Derecho a la reordenación del tiempo de trabajo.
Derecho preferente al cambio de centro de trabajo, con reserva de puesto de trabajo durante seis meses, que el juez podrá prorrogar por periodos de tres meses y hasta un máximo de dieciocho. Con derecho a las prestaciones por desempleo si cumple los requisitos generales.
Derecho de extinción del contrato de trabajo con derecho a las prestaciones por desempleo si cumple los requisitos generales.
El despido es nulo si se produce con ocasión del ejercicio por parte de la trabajadora víctima de violencia de género de los derechos anteriormente citados.
No tienen la consideración de faltas de asistencias al trabajo las motivadas por la situación física o psicológica de la trabajadora a consecuencia de la violencia de género acreditarse por los servicios sociales de atención o los servicios de salud.
Mas Información al Tlf : Ámbito estatal : 016
Andalucía:900 200 999
Aragón: 900 504 405
Asturias y Baleares, Madrid: 112
Canarias: 900 506 968
Cantabria: 942 214 141
Castilla León: 900 333 888
Castilla la Mancha: 900 100 114
Cataluña: 900 900 120
Ceuta: 900 700 099
Extremadura: 112
Galicia: 900 400 273
La Rioja: 900 711 010
Melilla: 952 699 214
Murcia: 968 357 244/ 620
Navarra: 948 206 604
País Vasco : 900 840 111
Valencia:900 580 888
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