AL
JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 1
Don Pérez, en representación de Doña
Montesdeoca, en el procedimiento de
Diligencias Previas Nº 26/2018, que se siguen en
dicho Juzgado, bajo la defensa de Don Hernández
Colegiado 3 por designación del turno de oficio,
ante el mismo comparezco, y, como mejor proceda en
derecho, DIGO
Que evacuando el traslado
conferido mediante Diligencia, mediante el
presente manifiesto mi disconformidad con los
escritos de acusación presentados por la acusación
particular y ministerio fiscal, formulando escrito
de defensa en base a las siguientes conclusiones
provisionales:
PRIMERA.-En disconformidad
con los hechos relatados por el la acusación
particular y ministerio fiscal, mi defendida,
mayor de edad, no intervino en los hechos por los
que se le acusa, tal y como los relata la
acusación particular y el ministerio fiscal. Se
afirma que Doña Díaz entrego a mi
representada la cantidad de 68.400 euros para su
custodia y administración, si bien no existe
ninguna prueba que acredite la entrega de dicha
cantidad, Doña Cabrera no ha efectuada ninguna
denuncia ni declaración poniendo dichos hechos de
manifiesto, sin que nada le impidiese haberlo
hecho.
La realidad es que no
existe delito, los 32500 euros que mi
representada entrego a Doña Manuela, fueron un
regalo y/o donación que esta le hizo a mi
representada por las atenciones y cuidados hacia
la misma durante toda su vida, por lo que no tenia
obligación de devolverlos, aunque a pesar de ello
decidió devolvérselos. En la actuación notarial no
consta ninguna manifestación o declaración de Doña
Míaz, sobre que dicha cantidad hubiese sido
obtenida ilícitamente, y tampoco consta ningún
requerimiento o reclamación por parte de Doña Díaz
sobre otras cantidades además de las entregadas en
ese momento. Hade tenerse en cuenta, que Doña
Manuela estaba en pleno uso de sus facultades, por
lo que podía y de hecho lo hacia acudía sola a las
entidades bancarias, sin que exista ninguna prueba
que mi representada se hubiese apropiado de
cantidad alguna. Asimismo poner de manifiesto que
era habitual que los familiares de Doña Manuel le
pidiesen dinero prestado. Ha de tenerse en cuenta
que Doña Manuela también guardaba dinero en su
casa, habiéndola cuidado en los últimos meses
hasta su fallecimiento su sobrino Don Díaz,
por lo que habría que preguntar al mismo por el
destino de las cantidades que guardaba Doña
Manuela en su casa. También habría que preguntar a
Don Díaz por el destino de los 32.500 euros
que Doña Manuela recogió en la notaria acompañada
de su sobrino, en que cuenta bancaria fueron
ingresados. Asimismo ha de tenerse en cuenta que
Doña Manuela tramito la aceptación de herencia de
Don García, por lo que probablemente tuvo que
abonar importantes cantidades, al gestor, y a la
agencia tributaria.
SEGUNDA.-En disconformidad
con la correlativa de las acusaciones: Los hechos
relatados no son constitutivos de delito.
TERCERA.-En total disconformidad con la
correlativa de las acusaciones: Mi defendida no es
autora ni responsable de ningún delito.
Por esta parte reiterar que
Don a Díaz no puede ejercer la acusación
particular, ya que el mismo no es perjudicado, por
lo que no cabe su personación en este
procedimiento por la vía del articulo 110 LECrim.,
por lo que el mismo deviene nulo.
CUARTA.-En total
disconformidad con la correlativa de las
acusaciones: Procede la libre absolución de mi
representada, con todos los pronunciamientos
favorables y sin responsabilidad civil de la
acusada del art. 379 C.P.
OTROSÍ I que esta parte interesa proponer para el
acto del juicio oral los siguientes medios de
prueba:
1.
Testifical, manifestar oposición a la solicitud de
las siguientes testificales, por no haber sido
propuestos y no haber declarado en la fase de
instrucción. Deben denegarse las siguientes
testificales
Don a
2. Documental, mediante
lectura de los folios de las actuaciones.
3. Por esta parte se
solicito diligencias sin que su hubiese realizado
las mismas, con las que mi representada podría
probar su inocencia, si bien esta parte considera
que debe ser la parte acusadora la acredite la
supuesta existencia de delito y la supuesta
autoría de mi representada:
De los extractos bancarios
aportados por las entidades CNKIA se observa que
Doña Manuela solía hacer movimientos en efectivo
de unos bancos a otros, por lo que se considera
necesario para la defensa de mi representada que
se lleva a cabo averiguación con el fin de conocer
todas las entidades bancarias en las que Doña
Manuela Cabrera Díaz tuviese cuentas con la
finalidad de averiguar si el destino del dinero
extraído de IA fue ingresado en otra cuenta en
otra entidad bancaria.
4.
Doña Díaz realizo tramites de aceptación de
herencia de Don z García, tramites que suelen
llevar un alto coste económico, entre otros
Notario, Hacienda, Gestor o Abogado, registro
etc., por esta parte se ha tenido conocimiento que
posiblemente el tramite fuese realizado por Don
ernández Jorge con numero 928 36 88 61, por lo que
habrá de requerirse a Don Porge que aporte toda la
documentación de la que disponga.
5. En el procedimiento
consta acta notarial de 2 de octubre de 2017, en
la cual mi representada entrega 32.500 euros a
Doña Manuela, Doña z. De los extractos de cuentas
bancarias obrantes en el procedimiento de NKIA, no
consta que fuese ingresada en dichas cuentas la
cantidad de 32.500 euros entregados DonDíaz. Por
lo que deberá requerirse a Don Díaz para que
indique el destino de dicha cantidad.
Por lo expuesto, SUPLICO AL
JUZGADO que tenga por presentado este escrito, y
por evacuado en tiempo y forma el trámite
conferido, acordando de conformidad con lo
solicitado en el mismo.
En
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