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AL  JUZGADO  DE  INSTRUCCION Nº 1
                                               
                    Don  Pérez, en representación de Doña  Montesdeoca, en el  procedimiento de Diligencias Previas Nº 26/2018, que se siguen en dicho Juzgado, bajo la defensa de Don Hernández Colegiado 3 por designación del turno de oficio, ante el mismo comparezco, y, como mejor proceda en derecho, DIGO
 
Que evacuando el traslado conferido mediante Diligencia, mediante el presente manifiesto mi disconformidad con los escritos de acusación presentados por la acusación particular y ministerio fiscal, formulando escrito de defensa en base a las siguientes conclusiones provisionales:


PRIMERA.-En disconformidad con los hechos relatados por el la acusación particular y ministerio fiscal, mi defendida, mayor de edad, no intervino en los hechos por los que se le acusa, tal y como los relata la acusación particular y el ministerio fiscal. Se afirma que Doña  Díaz entrego a mi representada la cantidad de 68.400 euros para su custodia y administración, si bien no existe ninguna prueba que acredite la entrega de dicha cantidad, Doña Cabrera no ha efectuada ninguna denuncia ni declaración poniendo dichos hechos de manifiesto, sin que nada le impidiese haberlo hecho.
La realidad es que no existe delito,  los 32500 euros que mi representada entrego a Doña Manuela, fueron un regalo y/o donación que esta le hizo a mi representada por las atenciones y cuidados hacia la misma durante toda su vida, por lo que no tenia obligación de devolverlos, aunque a pesar de ello decidió devolvérselos. En la actuación notarial no consta ninguna manifestación o declaración de Doña Míaz, sobre que dicha cantidad hubiese sido obtenida ilícitamente, y tampoco consta ningún requerimiento o reclamación por parte de Doña Díaz sobre otras cantidades además de las entregadas en ese momento. Hade tenerse en cuenta, que Doña Manuela estaba en pleno uso de sus facultades, por lo que podía y de hecho lo hacia acudía sola a las entidades bancarias, sin que exista ninguna prueba que mi representada se hubiese apropiado de cantidad alguna. Asimismo poner de manifiesto que era habitual que los familiares de Doña Manuel le pidiesen dinero prestado. Ha de tenerse en cuenta que Doña Manuela también guardaba dinero en su casa, habiéndola cuidado en los últimos meses hasta su fallecimiento su sobrino Don  Díaz, por lo que habría que preguntar al mismo por el destino de las cantidades que guardaba Doña Manuela en su casa. También habría que preguntar a Don  Díaz por el destino de los 32.500 euros que Doña Manuela recogió en la notaria acompañada de su sobrino, en que cuenta bancaria fueron ingresados. Asimismo ha de tenerse en cuenta que Doña Manuela tramito la aceptación de herencia de Don García, por lo que probablemente tuvo que abonar importantes cantidades, al gestor, y a la agencia tributaria.


SEGUNDA.-En disconformidad con la correlativa de las acusaciones: Los hechos relatados no son constitutivos de delito.

TERCERA.-En total disconformidad con la correlativa de las acusaciones: Mi defendida no es autora ni responsable de ningún delito.
Por esta parte reiterar que  Don a Díaz no puede ejercer la acusación particular, ya que el mismo no es perjudicado, por lo que no cabe su personación en este procedimiento por la vía del articulo 110 LECrim., por lo que el mismo deviene nulo.


CUARTA.-En total disconformidad con la correlativa de las acusaciones: Procede la libre absolución de mi representada, con todos los pronunciamientos favorables y sin responsabilidad civil de la acusada del art. 379 C.P.
         OTROSÍ I que esta parte interesa proponer para el acto del juicio oral los siguientes medios de prueba:
1.     Testifical, manifestar oposición a la solicitud de las siguientes testificales, por no haber sido propuestos y no haber declarado en la fase de instrucción. Deben denegarse las siguientes testificales
Don a
2. Documental, mediante lectura de los folios de las actuaciones.
3. Por esta parte se solicito diligencias sin que su hubiese realizado las mismas, con las que mi representada podría probar su inocencia, si bien esta parte considera que debe ser la parte acusadora la acredite la supuesta existencia de delito y la supuesta autoría de mi representada:
De los extractos bancarios aportados por las entidades CNKIA se observa que Doña Manuela solía hacer movimientos en efectivo de unos bancos a otros, por lo que se considera necesario para la defensa de mi representada que se lleva a cabo averiguación con el fin de conocer todas las entidades bancarias en las que Doña Manuela Cabrera Díaz tuviese cuentas con la finalidad de averiguar si el destino del dinero extraído de IA fue ingresado en otra cuenta en otra entidad bancaria.
4. Doña Díaz realizo tramites de aceptación de herencia de Don z García, tramites que suelen llevar un alto coste económico, entre otros Notario, Hacienda, Gestor o Abogado, registro etc., por esta parte se ha tenido conocimiento que posiblemente el tramite fuese realizado por Don ernández Jorge con numero 928 36 88 61, por lo que habrá de requerirse a Don Porge que aporte toda la documentación de la que disponga.
5. En el procedimiento consta acta notarial de 2 de octubre de 2017, en la cual mi representada entrega 32.500 euros a Doña Manuela, Doña z. De los extractos de cuentas bancarias obrantes en el procedimiento de NKIA, no consta que fuese ingresada en dichas cuentas la cantidad de 32.500 euros entregados DonDíaz. Por lo que deberá requerirse a Don  Díaz para que indique el destino de dicha cantidad.
Por lo expuesto, SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito, y por evacuado en tiempo y forma el trámite conferido, acordando de conformidad con lo solicitado en el mismo.
En         

 

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