Órganos de los miembros de la coorporación municipal.
Los órganos que integran el ayuntamiento son el alcalde, los tenientes de alcalde y el pleno, que existen en todos los municipios, además es obligatoria la existencia de la comisión de gobierno en todos los municipios de más de 5.000 habitantes y en los de menos, si así se establece en el reglamento orgánico municipal o lo acuerda el pleno.
En los municipios de más de 5.000 habitantes y en los de menos, si así se establece en el reglamento orgánico municipal o lo acuerda el pleno, salvo que la comunidad autónoma haya fijado en su legislación otro tipo de organización complementaria, existen también órganos de estudio, informe y consulta de losa suntos cuya resolución corresponde al pleno. Formarán parte de estos órganos representares de todos los grupos políticos municipales. Se trata de las tradicionalmente conocidas como comisiones informativas, a las que ahora también corresponde al pleno, el seguimiento de la gestión del alcalde, de la comisión de gobierno y de los concejales que ostente delegaciones. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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