Las deducciones.
El Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto que grava el incremento de valor que se produce en cada fase de producción y comercialización de los bienes y servicios, objeto del tráfico mercantil.
Existen diversos métodos para calcular el valor que se añade en cada una de las fases (contabilidad analítica, precio de venta menos coste de producción... etc.).
EJEMPLO:
Precio de venta .......................................................................................... 200
Coste de producción ................................................................................... 100
Valor añadido ............................................................................................. 100
Cuota impositiva (100 X 16 %) ....................................................................... 16
En la Ley del Impuesto se utiliza un método indirecto para calcular el valor añadido en cada fase de producción, este método es el de deducción de cuotas soportadas.
EJEMPLO :
Precio de venta (200 X 16%) ........................................................................ 32
Impuesto soportado en imputs (100 X 16%) .................................................... 16
Impuesto a ingresar ...................................................................................... 16
La utilización de este método aparece de más fácil aplicación por parte del contribuyente, y por otra parte produce un efecto beneficioso para la Hacienda Pública ya que dificulta la elusión del impuesto.
La deducción es el mecanismo de restar del impuesto repercutido en las ventas, el impuesto soportado en la fase anterior de producción o de comercialización.
Si las cuotas deducidas son superiores a las cuotas repercutidas la diferencia se conoce con el nombre de cuotas a compensar.
Esta operación de deducción se realiza en las declaraciones que cada trimestre hay que presentar.
La deducción del impuesto soportado se realiza en función del destino probable de los bienes adquiridos.
Se permite la deducción de las cuotas soportadas en las adquisiciones e inversiones (imputs) antes de que se produzca la venta de los productos o servicios (outputs) correspondientes a las adquisiciones realizadas.
El derecho a la deducción establecido en el apartado anterior sólo procederá en la medida en que los bienes y servicios adquiridos se utilicen en la realización de las operaciones que dan derecho a deducción.
Si el destino de los bienes es una actividad no sujeta o exenta el impuesto soportado no es deducible.
Cuando el mecanismo de la deducción no sea suficiente para recuperar el importe del impuesto soportado deducido, por ser superior al impuesto repercutido, se podrá optar por solicitar la devolución del exceso.
De las cuotas a compensar.
Para poder utilizar el mecanismo de las deducciones se requieren una serie de requisitos que podemos agrupar en:
Requisitos en relación con las cuotas soportadas.
Requisitos en relación con el sujeto pasivo y con la actividad ejercida.
Requisitos temporales.
Requisitos formales.
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