Legitimación de la potestad punitiva. Un ordenamiento jco-penal estará legitimado.
1º en primer lugar, por la legitimación del poder al que obedece y en 2ºsegundo lugar, por su necesidad para el mantenimiento de la sociedad, es decir, que sea necesario tanto el castigo de ese comportamiento como la intensidad del mismo.
La necesidad de que una determinada conducta esté castigada con una determinada pena tiene que ser demostrada y la demostración tiene que ser en los momentos que pasa el sistema penal, tiene que demostrarse:
1º Que sea necesario para el mantenimiento del orden social y que una determinada conducta este tipificada por el legislador como delictiva y que su realización este amenazada con una pena de determinada intensidad.
2ºQue es necesario que un ciudadano que realiza una conducta prevista por la ley como delictiva sea castigado con una determinada intensidad de pena.
3ºQue es necesario que el condenado a una pena sufra de modo definitivo en sus bienes una privación de esa intensidad
El reproche mas grave que puede hacer un legislador es que una pena que prevea en su ordenamiento resulte innecesaria, es decir que el estado cause más padecimiento del absolutamente imprescindible.
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