VHOME/MAPA
consultas juridicas consultas legales
respuestas legales

Asesoramiento Jurídico y Legal .Consultatuderecho.com

abogado internet
laboral laboralista informe juridico

CONSULTA ABOGADO ver condiciones

807 46 48 26

 
 
 

Cuando no lo veas claro consulta a tu abogado

¿Necesita consultar con un abogado?

807 46 48 26 Donde un abogado por telefono le resolverá de forma inmediata, sus dudas legales.

-La llamada no podra durar mas de 30 min

- Sin tener que hacerse socio

- Sin pagar cuotas

- Sin darse de alta

- Hable sólo con abogados Coste máximo por minuto: · 1,18 € desde red fija y

· 1,53 € desde red móvil, impuestos incluidos.

No esperes a tener un problema, evitarlo. Un abogado no es solo para ir a juicio, es tu asesor, cuando necesites consejo profesional. Es tu árbitro, cuando quieras evitar un pleito. Es tu defensor en un juicio. Es la respuesta a tus dudas ante un contrato, una herencia, un despido....

   

Tfn. At. Cliente

902 021 086

abogados CONSULTAS despacho juridico consulta legal abogado despido indemnizacion juicio juzgados demanda derechos obligaciones condena pena delitos carcel juridica divircio separacion matrimonial pension incapacidad juzgados jueces condenas sentencias procuradores procesos civiles demandas escritos modelos tags

asesromiento legal palabras claves

ESTADO DE NECESIDAD ACTUAR EN CONTRA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
 

CONSULTA JURÍDICA INMEDIATA 1,20+iva respuesta a sus dudas legales

DIVORCIO 450 EUROS Divorcio Express sin celebrar juicio

Servicio de reclamación de deudas coste 30 € Reclame sus deudas Consulta Gratuita de Embargos Hipotecarios Consulta embargos

Elija abogado que le defienda en accidentes de tráfico con cargo a su poliza de seguro Le defendemos ante accidentes de trafico

Servicio de solicitud de Pensión de Incapacidad

Bienes y propiedades sin herederos Informese.

ESTADO DE NECESIDAD ACTUAR EN CONTRA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO.


El art. 20.5 no nos da una definición. La doctrina lo define como el estado de peligrosidad real e inminente para legítimos intereses que únicamente puede resolverse mediante la lesión de intereses legítimos de otras personas.


Su fundamento es el principio del interés preponderante. Aquí colocan dos intereses legítimos, uno de ellos de mayor valor, o al menos el mismo.
Diferencias con la legítima defensa:
en la legítima defensa se parte siempre de la agresión ilegítima de un tercero, en el estado de necesidad no tiene porqué, puede venir de una catástrofe, por ejemplo.
Legítima defensa 8conflicto interés legítimo/interés ilegítimo) y en el estado de necesidad (ambos intereses legítimos).


En la legítima defensa se admite toda defensa necesaria y racional para evitar la agresión. En el estado de necesidad se exige que el mal causado no sea mayor que el mal que se quiere evitar. Hay una ponderación de males. Si el mal producido es mayor que el que se quería evitar, no hay estado de necesidad. Ej. Padre decide atracar farmacia para conseguir medicina que salve a su hijo. La vida del hijo tiene más valor que la propiedad del farmacéutico – estado de necesidad.


Naturaleza – dos teorías:


a) teoría de la diferenciación. Hay dos estados de necesidad: justificante y exculpante.
estado de necesidad justificante: se da cuando el estado de necesidad surge de la colisión de dos bienes jurídicos de distinto valor. El mal causado es menor que el mal que se trata de evitar. Ej. Padre/farmacéutico.
Estado de necesidad exculpante: los bienes jurídicos son del mismo valor. El mal causado es igual que el que se quiere evitar. Ej. 2 náufragos y un solo tablón, uno mata al otro por salvarse – estado de necesidad exculpante.


De acuerdo con esta teoría el art. 20.4 recoge:


Diferencias importantes estado de necesidad justificante – exculpante.
estado de necesidad causas de justificación: frente a ella no cabe legítima defensa. La exención de responsabilidad alcanza a los partícipes, cómplices…
estado de necesidad causas de exculpación: cabe legítima defensa, el individuo puede defenderse. Sólo afecta al autor, pues las causas de exculpación son personales.


b) teoría de la unidad:


En ambos casos (bienes de distinto valor o igual valor) estamos ante un estado de necesidad justificante.
Es una teoría minoritaria, pero cada vez más importante. El estado de necesidad es una causa de justificación que tiene un interés preventivo general. El derecho no quiere prohibir comportamientos que provoquen el mismo mal que el que se quiere evitar. Lo que se quiere evitar es que se cause un mal mayor que el que se quiere evitar.
Presupuestos de estado de necesidad.


Situación de necesidad:


Debe existir un peligro inminente y real para el bien jurídico. El mal causado debe ser inevitable; el único medio posible para salvar al bien jurídico ha de ser la lesión de otro bien jurídico ajeno.


Se puede actuar no sólo ante una situación de necesidad propia, sino también cuando el necesitado es un tercero; salvar bienes jurídicos propios o de otra persona.


Debe tratarse de la posibilidad de sufrir un mal, pero no se considera como tal una situación que el ordenamiento no considera un mal, sino una obligación. Ej. Ir a prisión.
Requisitos:


1. que el mal causado sea mayor que el que se trata de evitar:
El estado de necesidad puede darse entre bienes iguales o desiguales. Por ello se realiza una ponderación entre los cuales, el que amenaza y el que se realiza. No estaremos ante un estado de necesidad si el mal que se produce es mayor que el que se pretende evitar.
Hay que ponderar no sólo el valor del bien jurídico sino también el menoscabo sufrido por él. En definitiva, no se trata de una valoración integral del hecho, que comparativamente sea menos o igual de lesivo que el hecho evitado.


2. que la situación de necesidad no hay sido provocada intencionadamente por el sujeto:
Quien pone deliberadamente en peligro un bien jurídico.
3. que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse:
Personas que cumplen funciones sociales que conllevan la posibilidad de enfrentarse a situaciones de riesgo para su vida, salud, etc… como con los bomberos.

BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO

-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.

-HERENCIAS Y DONACIONES.

-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.

-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.

-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.

-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC

- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.

-PENALES.

-EXTRANJERÍA.

-VARIOS TEMAS.

Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales.

Para consultar a un abogado tenemos diferentes servicios jurídicos desde 1,40 € a 40 €.

La información aquí recogida lo es solamente a nivel orientativo, sin que quepa ningún tipo de responsabilidad por el uso que de la mismas se pueda hacer por terceras personas.

 El visitante debe verificar su contenido y actualidad en alguna fuente oficial, las afirmaciones y opiniones vertidas en esta pagina son meramente orientativas, y no constituyen en ningún caso, una asesoría o asistencia jurídica detallada. El despacho de abogados que la gestiona, no se responsabiliza del uso o interpretaciones que los lectores puedan hacer del contenido de esta pagina web y recomienda que ante cualquier contingencia se recurra a los servicios de un profesional.

 

Comentario en RadioTelevisiónEspañola Consultatuderecho.com

 

LISTADO DE TODAS LAS PAGINAS DE LA WEB CONSULTATUDERECHO.COM
PROPIEDAD DE HERMO CONSULTING SL CIF B 76047737
 
letrado gratis consultas juridicas gratis
consultas legales gratuitas

respuestas juridicasconsultatuderecho 2005-2012

preguntas juridicas respuestas legales preguntas legales