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¿Que es el Modelo 425 I.G.I.C y Quien lo Presenta?
 

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MODELO 425


INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO

El modelo 425, Declaración-resumen anual del Impuesto General Indirecto Canario, es una declaración tributaria recapitulativa que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del Impuesto General Indirecto Canario (en adelante I.G.I.C.)
Deberá rellenarse empleando letras mayúsculas, a máquina o por grabación informática o con boligrafo sobre superficie dura, sin enmiendas ni tachaduras.
Cumplimente únicamente los recuadros que aparecen en blanco en el impreso.
Usted puede obtener más información en:
- las Oficinas de la Administración Tributaria Canaria, cuyas direcciones figuran en estas Instrucciones, - en el servicio de Atención Tributaria en el teléfono 012, - en la página web www.gobiernodecanarias.org/tributos (Información Tributaria-Buzón de consultas) - en el Correo electrónico: dgtconsu@gobiernodecanarias.org
La normativa reguladora básica del IGIC se contiene en los siguientes textos articulados:
- La Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- El Real Decreto 2538/1994, de 29 de diciembre, por el que se dictan normas de desarrollo relativas al IGIC
- Decreto 182/1992, de 15 de diciembre, por el que se aprueban las normas de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto General Indirecto Canario y la revisión de los actos dictados en aplicación del mismo.
- Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico Fiscal de Canarias Están obligados a presentar la Declaración-resumen anual todos aquellos sujetos pasivos del I.G.I.C. que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas por este tributo, ya sean mensuales o trimestrales, y, además, los sujetos pasivos del I.G.I.C. autorizados a presentar autoliquidaciones conjuntas.
La Declaración-resumen anual ha de presentarse en el "sobre anual" adjunto a este modelo, en el que deben introducirse los siguientes documentos:
- El ejemplar para la Administración de la declaración-resumen anual (Modelo 425)
- El ejemplar para el sobre anual de todas las autoliquidaciones periódicas del I.G.I.C correspondientes al ejercicio (Modelos 410, 411,413, 420, 421 o 490). Si por cualquier motivo no dispone del ejemplar para el sobre anual de alguna autoliquidación, introduzca en el sobre una copia del ejemplar para el sujeto pasivo.

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