Obtención de copias del expediente en Sanciones de tráfico.
Uno de los derechos del denunciado es la de obtener copia del expediente de forma que pueda proceder a su estudio y su defensa, debiéndose tener en cuenta lo siguiente:
La tasa exigible por la obtención de fotocopias de los expedientes sancionadores será la del grupo IV.1 de la Ley 16/1979, de 2 de octubre, en su cuantía actualizada por las correspondientes normas presupuestarias anuales, pero entendida como tasa única o global y no por cada fotocopia, con independencia del número de documentos fotocopiados.
En los casos en que se ejerza el derecho de obtención de copias de documentos obrantes en los expedientes sancionadores se debe presumir la representación como en los actos y gestiones de mero trámite, no procediendo, por tanto, exigir una acreditación expresa de tal representación. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
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