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Al juzgado de PRIMERA INSTANCIA E instrucción  nº 2
        
         Don Perez, Procurador de los tribunales, en nombre y representación de Don  Neata, en en el Procedimiento Abreviado numero  1304/2012, seguidas en ese Juzgado de Instrucción, ante el mismo Juzgado comparezco, y como mejor proceda en derecho DIGO:
 
         Que con fecha de 10 de abril de 2013 se notifico a esta parte  escrito de solicitud de libertad provisional y venia de abogado, para que las partes personadas presentáramos informe.
 
         Que por el presente escrito formulo Oposición a la Solicitud de Libertad Provisional, presentado de contrario , en base a las siguientes;
 
                                               ALEGACIONES
 
         I.- Que esta parte entiende el derecho que tiene el acusado de presentar cuantos escritos considere oportuno para su defensa y solicitar la puesta en libertad, pero entendemos que esto lo único que ha provocado durante la tramitación de las diligencias y ahora en el Procedimiento es dilatar aun mas el proceso.
         II.- Que el auto que dispone la prisión ya fue recurrido en su momento y se presentaron los oportunos recursos por el otro letrado, y de hecho no se admitieron las alegaciones, que a priori son las mismas que se vuelven a alegar en esta solicitud de libertad provisional.
         Que en lo que si estamos de acuerdo con la otra parte es que todas las versiones dadas por los testigos no coinciden, son contradictorias y en ninguna de las manifestaciones realizadas ante los agentes de la Guardia Civil y ante el propio juzgado en lo único que estan de acuerdo es en la existencia de una pelea entre las partes, pero nadie hace referencia a una botella rota y mucho menos que M tuviera una botella en las manos y se rompiera al intentar mediar en la pelea, lo que si ha quedado claro que mi representado y el testigo Vladimir mantienen en todo momento una relación de los hechos coherente y sin alterar la misma en la narración básica realizada por ambos.
         Que entendemos que los cambios de versiones y la incriminaciòn que  se realiza a otro amigo del imputado solo es una artimaña para desvirtuar lo ocurrido esa noche y que sea imposible o difícil determinar quien realizo las heridas a mi representado, pero la defensa lo único que ha conseguido es que de tantas versiones que han dado los amigos del imputado, se pudiera entender que estan encubriendo la actuación del imputado y que fue el el único que si ataco a mi representado, cobijado por el tumulto que formaron todos provocando la pelea, los motivos de la misma fueron celos y protección de la novia de un amigo del imputado que se encontraba en el momento de los hechos en su país de origen.
 
         III.- Que esta parte entiende que existe  peligro de fuga ya que Donno aporta contrato de arrendamiento ni justificante del lugar de residencia, que ademas el contrato de trabajo que aporta es temporal, en atención al comienzo de la zafra y su fecha de incorporación a su puesto de trabajo seria el mes de marzo del año 2013, esta parte se pregunta de que va vivir durante todos estos meses y si no se va a producir un cambio de domicilio y de país ya que no demuestra una vinculación ni arraigo suficiente para creernos que estará a la espera de la celebración de juicio.  Que en caso de dictar nuevo auto, modificando la orden de prisión, deberá dictarse las modificaciones del nuevo auto con unas garantias tales como orden de alejamiento de mi representado de unos 500 metros durante toda la tramitación de este procedimiento, la entrega del pasaporte al Juzgado por parte del denunciado, la firma los días 1 y 15 de cada mes en el Juzgado pertinente ademas de una fianza para las posibles responsabilidades penales y civiles en cuantía suficiente según el informe del medico forense, superior a los 6.000 euros, por la gravedad de los hechos y de los daños ocasionados a mi representado y en atención a las altas posibilidades de fuga.
 
         Por todo lo expuesto
 
 
         SUPLICO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito y las copias que se acompañan, lo admita, tenga por formulado Escrito de Oposición a la Solicitud de puesta en Libertad Provisional, y tras los trámites legales dicte resolución desestimando la misma y manteniendo el auto de prisión,por ser Justicia que ruego,         

 

 

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