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Artículo 305 del código penal, delito de defraudación.

Este delito lo comete quien por acción u omisión dolosa defrauda a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local y el importe de lo defraudado sea superior a 15.000.000 de pesetas.

Para calcular el importe de lo defraudado se atenderá al importe defraudado por cada impuesto en cada período impositivo.

•  El importe a tener en cuenta es la cuota defraudada sin acumular la sanción y los intereses.

Si el período impositivo es inferior a doce meses, el importe se referirá al año natural.

•  No se tendrá en cuenta el conjunto de lo defraudado, sino que se hará el cálculo teniendo en cuenta lo que se ha defraudado en cada impuesto y en cada período de un año. De forma que si se defraudan ..........€ cada año durante cuatro años resultando una cuota defraudada de -----------€ no se ha producido el supuesto de hecho del delito.

Los hechos que dan lugar a la defraudación por un importe de ................€ pueden ser:

•  Eludir el pago de tributos.

•  Eludir el ingreso de retenciones retenidas o debidas de retener.

•  Eludir realizar ingresos a cuenta de retribuciones en especie.

•  Obtener indebidamente devoluciones.

•  Disfrutar de beneficios fiscales.

También se cometerá este delito cuando se defraude por medio de las mismas conductas a la Hacienda de las Comunidades cuando la cuantía defraudada exceda de ..........................0 €.

Este delito se sanciona con:

•  Prisión de uno a cuatro años.

•  Multa del 100% al 600% de la cantidad defraudada.

•  Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

•  Pérdida del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un período de tres a seis años.

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