Artículo 305 del código penal, delito de defraudación.
Este delito lo comete quien por acción u omisión dolosa defrauda a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local y el importe de lo defraudado sea superior a 15.000.000 de pesetas.
Para calcular el importe de lo defraudado se atenderá al importe defraudado por cada impuesto en cada período impositivo.
El importe a tener en cuenta es la cuota defraudada sin acumular la sanción y los intereses.
Si el período impositivo es inferior a doce meses, el importe se referirá al año natural.
No se tendrá en cuenta el conjunto de lo defraudado, sino que se hará el cálculo teniendo en cuenta lo que se ha defraudado en cada impuesto y en cada período de un año. De forma que si se defraudan ..........€ cada año durante cuatro años resultando una cuota defraudada de -----------€ no se ha producido el supuesto de hecho del delito.
Los hechos que dan lugar a la defraudación por un importe de ................€ pueden ser:
Eludir el pago de tributos.
Eludir el ingreso de retenciones retenidas o debidas de retener.
Eludir realizar ingresos a cuenta de retribuciones en especie.
Obtener indebidamente devoluciones.
Disfrutar de beneficios fiscales.
También se cometerá este delito cuando se defraude por medio de las mismas conductas a la Hacienda de las Comunidades cuando la cuantía defraudada exceda de ..........................0 €.
Este delito se sanciona con:
Prisión de uno a cuatro años.
Multa del 100% al 600% de la cantidad defraudada.
Pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
Pérdida del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un período de tres a seis años.