-Presentación de alegaciones por infracciones de tráfico.
Conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del RPST, el denunciado tiene un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES para que alegue cuanto considere conveniente a su defensa y proponga las pruebas que considere conveniente, empezando a contar el plazo al día siguiente de la notificación.
Ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 30/1992, según el cual "los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio. Unos y otros serán tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución."
El abono del importe de la multa indicado en la notificación de la denuncia implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia para conducir y sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso correspondiente. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |