Fases de los Procedimientos de las Reclamaciones a Entidades Financieras. |
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1 La apertura del expediente se comunica al reclamante en un
plazo máximo de 10 días hábiles.
2 Al mismo tiempo, la queja o reclamación se traslada a la entidad
reclamada para que presente las alegaciones y la documentación
que estime oportunas, en un plazo de 15 días hábiles.
3 Durante la tramitación de la queja o reclamación el procedimiento
puede finalizar por desistimiento del interesado, por allanamiento
de la entidad a las pretensiones del reclamante o porque ambas
partes alcancen un acuerdo.
4 Con carácter general, el plazo máximo para la resolución del
expediente es de 4 meses desde la fecha de presentación del
escrito de reclamación, salvo que concurran circunstancias que
deberán ser debidamente explicadas en el informe final.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |
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