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AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO TRES DE -----------------------------------------------.

Don---------------------------------- en nombre y representación de Doña -------------------------------------, representación que tengo debidamente acreditada en diligencias urgentes 61/20--, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO;

Que con fecha de -- de Abril de 20-- se dictó Auto por dicho Juzgado por el que se declara el sobreseimiento provisional y archivo. Habiendo sido notificado dicho auto en fecha de -- de Abril de 20--.
Y entendiendo dicha resolución no ajustada a derecho y lesiva para mi representado, dicho sea en términos de defensa, por medio del presente escrito formulo RECURSO DE APELACIÓN contra dicho Auto, conforme a lo prevenido en el art. 216 y siguientes de la LECriminal, en base a los siguientes MOTIVOS:

ALEGACIONES


PRIMERO.- - Infracción del artículo 24 de la Constitución.
El auto que recurrimos entendemos infringe el derecho fundamental de esta parte a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24 CE, puesto que el juzgador de instrucción dicho sea con sumo respeto hace una valoración incorrecta de los indicios y pruebas obrantes el procedimiento.

Que en su declaración el denunciado -------------------------, manifiesto, que no tiene teléfono móvil y que el único que utiliza es el de su tía -------------, y que no ha realizado ninguna llamada a través de ningún teléfono móvil de un conocido, lo que se contradice con la testifical de Don ----------------------------, que manifiesto de forma inequívoca que el denunciado le había pedido su teléfono para efectuar una llamada, llamada que fue borrada por el propio denunciado al devolverselo al testigo.

Asimismo el denunciado y el testigo ---------------------------- se contradicen en sus manifestaciones, el denunciado manifiesta, que conoce al testigo ----------------------, como el chico que el viernes pasado día -- de abril de 20-- acudió a casa del denunciado a amenazarle. En cambio el testigo manifiesto en su declaración, que le dijeron que el denunciado le estaba buscando porque tenia un cabreo con el dicente, y que fue a su casa y se encontró al denunciado saliendo, preguntandole el testigo por el motivo de estar buscandolo, y manifestandole el denunciado que ya hablarían en otro momento que tenia prisa. Por esta parte se considera que estas imprecisiones entre lo manifestado por el denunciado y el testigo sobre un mismo hecho, acecido tan solo cuatro días antes, se enmarca, en un acuerdo entre ambos, con el fin de ocultar los hechos denunciados por mi representada. Ha de tenerse en cuenta que los hechos ocurren el día -- de ----, la denuncia se interpone el día -- de --- de 20.., y el día --de -----, una vez que el denunciado tiene conocimiento de los hechos, comienza a buscar al testigo ---------- durante todo el día, persona a la que manifiesta que no conoce, pero comienza a buscarla, y finalmente hablan ambos el -- de ---- por la tarde, pudiendo haber sufrido presiones el testigo por parte del denunciado para que no declarase la verdad de los hechos acaecidos.

Asimismo el testigo Don -----------------------, reconoce que llamo desde su móvil el día -- de ----l a la denunciante, lo que coincide con la declaración de la denunciante, que manifiesto que recibió una llamada desde el teléfono móvil del testigo.

SEGUNDO.- Infracción del artículo 783.1 LECrim.
La resolución de archivo que recurrimos excede notoriamente las facultades del Juez de Instrucción en esta fase del proceso, al realizar una verdadera valoración de prueba en base a las diligencias de investigación practicadas, la cual está reservada para el acto del plenario cuando las partes, con todas las garantías de publicidad y contradicción, pueden practicar las pruebas que proponen, y el órgano de enjuiciamiento puede valorarlas de forma plena por practicarse en su inmediación.

De la instrucción practicada existen indicios suficientes para imputar al denunciado la comisión de un delito de quebrantamiento de condena.
En base a estos contra indicios, se archivan las actuaciones, excediendo a lo que es el juicio indiciario propio de la instrucción, puesto que hay indicios ciertos antes expuestos, y estos contra indicios sólo pueden prevalecer tras la práctica de la prueba que se haga con todas las garantías de contradicción en el acto del plenario.

Por lo expuesto, se estima infringido el artículo 783.1 LECrim., debiendo procederse a la apertura del juicio oral, .

En virtud de lo expuesto,
SUPLICO AL JUZGADO que, habiendo por presentado este escrito, con su copia, se sirva admitirlo, teniendo por interpuesto recurso de apelación contra el auto de fecha -- de --- de 20-- dictado en el las Diligencias Urgentes 61/20--, seguir el recurso por sus tramites legales, con remisión de los autos a la Iltma. Audiencia Provincial de -------; A LA SALA SUPLICO, que previo los tramites legales, se dicte resolución por la que se revoque el auto de sobreseimiento y se procede a la apertura del Juicio Oral.

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