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La codificación civil Española. |
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La codificación civil española.
El fenómeno codificador se consideraba como un necesario punto de partida de la construcción de la España del s. XIX.
Así, es representativo que todas las constituciones decimonónicas, desde las propias Cortes de Cádiz de 1812 hasta la Constitución de la restauración canovista de 1876, incluyen dentro de su articulado la aspiración a la codificación del derecho patrio.
Dicha aspiración resultó pacífica en relación con algunas materias, como el derecho mercantil, sin embargo, la codificación civil resultó mucho más problemática, entre otras razones por la tensión existente entre el derecho común y los derechos forales.
El verdadero punto de partida de la codificación civil española viene representado por el Proyecto de Código Civil de 1851, denominado también “Proyecto Isabelino”. Como características más importantes se puede destacar que era notoriamente afrancesado (seguía muy de cerca los patrones del código civil francés) y que hacía tabla rosa de los derechos forales, pronunciándose abiertamente por la unificación de la legislación civil española. Ambas características provocaron su fracaso, perdiéndose, así, la ocasión de contar con un código civil a mediados del s. XIX.
El fracaso de este proyecto trajo consigo la necesidad de afrontar la modernización de la legislación civil de modo fragmentario. Sin embargo, aunque esta necesidad era evidente, en las décadas siguientes se fue desgranando paulatinamente la aprobación de leyes importantísimas que, en puridad de principios, deberían haber sido incorporadas al Código Civil, como por ejemplo: la ley hipotecaria, la ley de aguas, la ley de matrimonio civil, la de registro civil. |
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