A
LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS
E
INFRAESTRUCTURA VIARIA CONSEJERIA DE
Domingo , en nombre y
representación DOÑA CRISTINA , ante la
administración manifiestan.
PRIMERO.- Que por DECRETO 220/, de 4 de
noviembre, se declara urgente la ocupación de
los bienes y derechos afectados por la
expropiación forzosa derivada de la ejecución
del proyecto denominado "Construcción
carretera
SEGUNDO.- Que en Enero
de 2011 se levanto acta previa de ocupación de
la vivienda situada en Calle del
expediente expropiatorio de la obra Nueva
carretera de A, sin que hasta la fecha se
hubiese fijado el justiprecio ni el pago del
mismo y declarándose posteriormente como no
afectada por la expropiación, junto con las
viviendas de los vecinos colindantes.
TERCERO.-
Que en el acta previa de ocupación se puso de
manifiesto que al tratarse de una expropiación
parcial de vivienda y en virtud de lo
establecido en el Art. 23 de La Ley de
Expropiación Forzosa, por esta parte se estima
que la expropiación parcial es perjudicial y
antieconómica, ya que la vivienda quedaría
reducida notablemente en su superficie, tras
la expropiación por lo que la misma no
serviría a la función que venia prestando a
las herederas para su uso común debido a la
disminución de la misma en una superficie
insuficiente para el uso común por parte de
todos los propietarios (7), al desaparecer
tres habitaciones de la vivienda, quedando
reducida a salón, cocina, baño y una sola
habitación para siete propietarios. Siendo mas
conveniente el pago del justiprecio por el
total de la vivienda con el fin de adquirir
una vivienda de similares características.
Asimismo de mantenerse la vivienda de forma
parcial, la misma se vería afectada por
el aumento de las distancia de las
servidumbres viales. Entre otros
inconvenientes produciría un cambio de la
distribución interior.
Si no se expropia total habría que hacer
reformas de acondicionamiento y
reestructuración de lo que quedaría. Ya que se
expropian 3 dormitorios y se dejan las zonas
de escalera, pasillos de distribución y
dependencias de poco aprovechamiento. Estas
reformas alcanzaran cifra superior a los
70.000 euros.
CUARTO.-.Que se ha tenido conocimiento por los
vecinos propietarios de las viviendas
colindantes afectados por la expropiación que
por parte de la administración se había
manifestado que presentasen presupuesto o
valoración de las tareas a realizar para poder
hacer habitables nuevamente las viviendas tras
declarase años después que las mismas no
serian expropiadas, haciéndose cargo la
administración de los gastos de dichas tareas.
Se aporta presupuesto realizado por técnico
incluyendo las obras necesarias para
rehabilitación.
SOLICITO que se admita
el presente escrito con sus copias y según lo
manifestado en el cuerpo del mismo se tengan
por hechas las alegaciones oportunas y por
solicitado el pago de los gastos de
rehabilitación de la vivienda, identificada
con el numero del expediente expropiatorio de
la obra Nueva carretera d, o bien se proceda a
efectuar por empresa designada por la
administración y asunción del coste por parte
de la administración.
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