Valoración de la participación en fondos propios de cualquier entidad negociados en mercados organizados.
Las acciones y participaciones en el capital social o fondos propios de entidades jurídicas, negociados en mercados organizados, se valorarán por el valor de negociación media correspondiente al cuarto trimestre de cada año.
El Ministerio de Economía y Hacienda publicará anualmente la relación de los valores que coticen en Bolsa con la valoración correspondiente al cuarto trimestre de cada año.
Las participaciones en los fondos de Instituciones de Inversión Colectiva (fondos de inversión) tienen su propia regla de valoración.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |