AL ILTM. SR ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ----------------------------------------------------------.
DON ---------------------------------- , mayor de edad, con domicilio en la Calle --------------------- número -------------, provisto del D.N.I. número -------------, haciendo uso del derecho que me asiste de conformidad con el artículo 79 del Texto Articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, R.D.L. 339/90 de 2 de marzo ante V.I. comparezco y , como mejor proceda en derecho, DIGO :
Que habiendo recibido el día -- de ---------- del presente año notificación de la desestimación del pliego de descargos presentado el día - de diciembre de 2.0-- contra la denuncia formulada el día -- de septiembre de 2.0--, con el número de expediente-----------------------, formulo las siguientes alegaciones:
PRIMERA.- Que con fecha -- de septiembre de 2.0-- fui sancionado por una infracción que en de ninguna forma cometí , pues los hechos no son tal y como se especifica en la denuncia.
SEGUNDA.- Que soy sancionado por estacionar en lugar reservado para carga y descarga, obstaculizando el estacionamiento de vehículos autorizados, en la calle -------- nº - de esta capital.
TERCERA.- Que como se dice en la notificación en la que comunican la desestimación del pliego de cargos, el estacionamiento en zonas reservadas para carga y descarga es para vehículos destinados a tal fin y se afirma que no se estaba realizando operación de ningún tipo. Todo lo anterior no es exacto, pues el vehículo estaba estacionado en ese lugar, precisamente con la finalidad de realizar carga y descarga, ya que el mismo es propiedad de la entidad mercantil -------------------.
CUARTA.- En la propuesta de resolución se reconoce la ausencia del conductor, motivo por el cual no se entregó en mano la denuncia. Con lo cual no se ha cumplido con el artículo 77 de la ley de Seguridad Vial, que exige que las denuncias se notificarán en el acto al denunciado. No hay una justificación convincente de la entrega posterior, pues tratándose de una carga y descarga, el conductor no podía estar muy lejos y el tiempo de duración de tal función fue tan corto, que con una breve espera del agente se podía haber cumplido con el precepto legal mencionado. Por lo cual al no haberse notificado la denuncia personalmente y en el acto al denunciado, es improcedente la sanción impuesta.
Por todo lo expuesto, ruego se admita el presente escrito de alegaciones y de acuerdo con lo manifestado se proceda al archivo de la denuncia anulando la sanción impuesta. En------------------, a -- de ----- de 2.0--.
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