OBJETO: Desarrollar las acciones que permitan a los trabajadores españoles la obtención de un puesto de trabajo en el exterior.
ACCIONES OBJETO DE AYUDA: Las acciones desarrollada tanto por parte de los trabajadores como de los agentes o entidades colaboradoras reconocidos por la Dirección General de Ordenación de las Migraciones, todas ellas vinculadas a la creación u obtención de puesto de trabajo en el exterior.
BENEFICIARIO Y SOLICITANTES: Serán beneficiarios los españoles demandantes de empleo en el exterior.
Podrán solicitar ayudas:
Los españoles que hayan recibido una oferta concreta de empleo en el exterior que esté condicionada a la obtención de una formación complementaria y especifica, así como a los que se oferta un contrato en prácticas no retribuidas o asimilado en el exterior que les permita el posterior acceso a un puesto de trabajo.
Los agentes colaboradores públicos y privados que sean reconocidos como tales por la dirección general de ordenación de las migraciones cuando soliciten la ayuda para la realización de acciones que permitan a los trabajadores españoles la obtención de un puesto de trabajo exterior.
CUANTÍA DE LA AYUDA: La cuantía de las ayudas será variable, en función de la acción a subvencionar (costes, duración e interés del proyecto).
LUGAR Y PLAZO DE SOLICITUD: Las solicitudes se presentarán ante la dirección general de ordenación de las migraciones, consejerías laborales y de asuntos sociales o en el área o dependencia provincial de trabajo y asuntos sociales de cada provincia, todo el año.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales. |