En virtud del contrato de trabajo (clave 150), le corresponde una bonificación del 40 por 100 de la cuota empresarial por contingencias comunes (Ley 50/1998).
1.245,89 x 23,60% = 294,03 Euros.
294,03 x 40% = 117,61 Euros (Importe de la Bonificación).
-Asimismo, por tener 62 años y más de 5 años de antigüedad en la empresa y un contrato por tiempo indefinido, le corresponde una bonificación del 70 por 100 (3º ejercicio) de la cuota empresarial por contingencias comunes, excepto incapacidad temporal (para el año 2.010, se aplicará el tipo del 22,18 por 100).
1.245,89 x 22,18% = 276,34 Euros.
276,34 x 70% = 193,44 Euros ( Importe de Bonificación).
Dado que la compatibilidad de ambos beneficios en la cotización tiene como límite el 100 por 100 de la totalidad de la cuota empresarial, el importe de esta última bonificación será de : 193,44 Euros.
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