A partir del 1 de enero de 2010, los tipos de cotización por estos conceptos son los siguientes:
-DESEMPLEO:
General 7,05% |
5,50% la empresa y 1,55% trabajador. |
C.T Duración determinada t. completo 8,30%. |
6,70% la empresa y 1,60 % trabajador. |
C.T Duración determinada t. parcial 9,30%. |
7,70% la empresa y 1,60% trabajador. |
En el presente supuesto el tipo de aplicable será el 7,05 % (5,50% empresa y1,55% trabajador).
1.500,52 x 7.05 = 105,79 euros.
Fondo de Garantía Salarial: El 0,20% a cargo de la empresa.
1.500,52 x 0,20% = 3,00 euros.
Formación profesional: El 0,70% ( Será a cargo de la empresa y 0,10% a cargo del trabajador).
1.500,52 x 0,70% =10,50 euros.
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