Posibles Causas para no Admitir una Reclamación a una Entidad Financiera. |
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En ocasiones no es posible admitir a trámite una reclamación,
por alguno de los siguientes motivos:
La omisión de datos esenciales para la tramitación que no sean
subsanables, como la identificación o el domicilio.
Que no sea posible determinar con suficiente claridad los motivos
concretos que originan la reclamación.
Que no se haya reclamado previamente ante la entidad cuya
conducta se cuestiona. La normativa establece que antes de
recurrir a los organismos supervisores, es obligatorio acudir a
los Servicios de Atención al Cliente o Defensor del Cliente de las
entidades. Sólo cuando no se ha obtenido respuesta en el plazo
de dos meses, o si ésta no resulta satisfactoria, puede acudirse
a los Servicios de Reclamaciones del BE, la CNMV o la DGSFP.
Que la cuestión ya esté siendo tratada en alguna otra instancia
administrativa, arbitral o judicial, o que haya sido resuelta
previamente por el Servicio de Reclamaciones competente.
Cuando la materia en que se base la reclamación no sea
competencia de ninguno de los tres organismos supervisores.
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
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