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CESIÓN DE derecho de uso de LOCAL COMERCIAL
 
En La  a 1 de Septiembre  de 2018
 
REUNIDOS
 
De una parte como propietario cedente;
 
          Doña García, mayor de edad,con DNI .F con domicilio en C/ Doctor lás.
 
De otra parte como cesionario;
 
Don  Hernández, mayor de edad, con DNI  nº  con domicilio en C/ Doctor Fllás.
 
 ACTÚAN
 
 Todos en nombre propio  reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para acordar el presente contrato
 
 
MANIFIESTAN
 
 PRIMERO.Finca objeto de este contrato.
 
Descripción.- En el termino municipal de s, Local comercial de 350 metros cuadrados situado enás calle Doctor Fle.A Bajo.     
 
SEGUNDO. Dicha propiedad se encuentra catastrada a nombre de la cedentes, con numero de referencia Catastral11QE.     
 
TERCERO.Arrendatarios y/u ocupantes
 
La finca se halla libre de arrendatarios y ocupantes .
 
CUARTO. Que hallándose los firmantes y propietarios de la finca descrita interesados en ceder el usufructo las partes acuerdan, con sujeción a los siguientes:
  
PACTOS
  
PRIMERO.- Que Doña z García, cede en usufructo a Dona Hernández, el uso de la finca descrita para su uso personal e intransferible.
 
SEGUNDO.- Que el único uso permitido será aquel amparado por las leyes buenos usos y costumbres, no pudiendo darle ningún otro uso diferente, sin que pueda cederlo ni total, ni parcialmente a ningún tercero.
 
No se permite la acumulación de basuras ni productos tóxicos.
 
TERCERO.- Que no se recibe, contraprestación alguna por la cesión del uso de la finca.
 
CUARTO.- Que el mantenimiento y cuidados adecuados  de la finca corren a cargo de Dona Hernández, por ocuparla en su totalidad, pudiendo verificar las cedentes el correcto cumplimiento visitando la finca, con un preaviso de dos días. Asimismo Don  Hernández abonara los gastos de IBI.
 
QUINTO.- Que en caso de que el uso por Don  Hernándezcree o provoque daños a terceros será responsabilidad de éstas y tendrán que responder  de los daños que se le reclamen, extinguiéndose en este caso el derecho de usufructo.
 
SEXTO.- Que en caso de sanción administrativa por incumplimiento de normativas locales, autonómicas, nacionales o comunitarias durante el uso, serán responsables del cumplimiento de la sanción o condiciones impuestas por la Administración Pública, extinguiéndose en este caso el derecho de usufructo.
 
SÉPTIMO.- Que la duración del presente contrato privado será de 1 año renovable de forma automatica o bien se produzca el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato, procediendo a notificarlo a los ocupantes según lo establecido en el apartado octavo, sin derecho a adquisición preferente sobre la finca porDon na Hernández. El no uso por mas de 6 meses consecutivos dará lugar a la extinción del derecho de usufructo.
 
En caso que no se desee la renovación deberán notificarlo con tres meses antelación cualquiera de las partes.
 
Una vez terminado el contrato se procederá  a la entrega del mismo con las obras y mejoras que se hubiesen realizado, sin que la cedente pueda exigir la retirada de las mejoras realizadas ni el cesionario exigir ninguna cantidad por las obras y mejoras realizadas.
 
OCTAVO.- Que se establece un plazo de preaviso de dos meses, entre las partes,  para cuando Don a Hernándezdecida terminar con el uso de la finca.
 
Causas de extinción de usufructo
Serán las siguientes:
Muerte del usufructuario si no es sucesivo
Vencimiento del plazo si es a término
Cumplimiento de la condición si quedó sujeto a condición resolutoria
Por consolidación, esto el la reunión del usufructo y la nuda propiedad en una sola persona
Por renuncia del usufructuario
Por pérdida total o parcial de la cosa, perdurando sobre el resto, pero lo expropiado debe sustituirse
Por cesación del derecho que lo constituyó
 
 NOVENO.DIVERGENCIAS O LITIGIOS
 
Las partes, con expresa renuncia a su propio fuero y para la resolución de las cuestiones, divergencias o litigios que puedan surgir en el cumplimiento e interpretación de este documento, se someten a la competencia y jurisdicción de los Juzgados de S.
 
Y así conformes, firman el presente documento por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados al principio en todas sus hojas.
 


 

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