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La pensión no contributiva de invalidez será compatible con el desempeño de actividades compatibles con el estado del inválido.

Modificación del artículo 147 LGSS


La enmienda propuesta por los populares prevé una nueva redacción para el artículo 147 del TR LGSS (Compatibilidad de pensiones), en virtud de la cual "Las pensiones de invalidez en su modalidad no contributiva no impedirán el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido, y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo.".

La enmieda fija un único límite para esta compatibilidad, que quedará situado en la suma de la pensión no contributiva y el IPREM en 12 pagas. Si se excede el importe, la pensión se verá reducida en la cuantía necesaria para llegar al límite fijado.

La finalidad de esta medida, según el PP, es "mejorar la compatibilidad de los ingresos obtenidos por el desarrollo de una actividad laboral o formativa con el percibo de una pensión no contributiva de invalidez para las personas con discapacidad."

La medida, según las mismas fuentes, supondrá un incremento de entre 2 y 4,5 veces la cuantía de la pensión que puede percibir el beneficiario y significa unos 2.000 euros al año, así como un aumento del colectivo de perceptores de hasta el 20%, al aumentar el límite de recursos de 9.585,20 euros al año a 11.526,73 euros al año.

La medida, a juicio del PP, supondrá un importante beneficio para este grupo de personas, ya que fomentará su acceso al mercado de trabajo sin que por ese motivo dejen de percibir la pensión que reciben del sistema de la Seguridad Social. Supondrá al mismo tiempo un estímulo para la búsqueda de mejores oportunidades laborales o formativas.


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