La nueva regulación de la Venia.
El Código Deontológico, aprobado por el Pleno del
Consejo de la Abogacía Española el 30 de Junio de 2000,
suscitó, entre otras, dudas acerca de la interpretación de
su artículo 9 y su aparente contradicción con el artículo
33.1 del antiguo Estatuto General de la Abogacía.
En el caso de que hubiese existido contradicción entre
ambas normas habría primado –podía sostenerse - el
Estatuto por cuestión de rango normativo ya que estaba
contenido – como se sabe – en el Real Decreto
2090/1982 de 24 de Julio. El Código Deontológico no es
más que un acuerdo o un Reglamento de Régimen
Interno adoptado por el Consejo en virtud de las facultades que le confiere el
artículo segundo de las Normas de Composición y Funcionamiento del Consejo
General de la Abogacía Española aprobadas por la Asamblea de Decanos el 28
de Junio de 1996 con las modificaciones introducidas el 17 de Septiembre de
1999.
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