COMPOSICIÓN DE LAS SOCIEDADES LABORALES.
En el ámbito personal las sociedades laborales están compuestas de:
- Socios trabajadores: Deben serlo trabajadores que presten a la sociedad, de forma personal y directa y vinculados mediante una relación laboral por tiempo indefinido, servicios retribuidos. Además de trabajadores son propietarios de un porcentaje de acciones de clase laboral que suponen la mayoría del capital social.
- Socios no trabajadores: Deben serlo los propietarios de acciones de la clase general. Estos socios carecen de vinculación laboral con la sociedad. Pueden ser socios no trabajadores tanto las personas físicas como jurídicas, públicas o privadas.
- Trabajadores asalariados. En la sociedad laboral, junto a los socios trabajadores pueden existir trabajadores asalariados. Su relación laboral puede ser tanto temporal como de caracter indefinido. El número de horas-año trabajadas por los trabajadores asalariados fijos no podrá superar los siguientes límites:
* el 15 % del total de horas-año trabajadas por los socios trabajadores..
* El 25% del total de horas-año trabajadas por los socios trabajadores, cuando la empresa tenga menos de 25 trabajadores.
Para el cálculo de estos porcentajes no se tomarán en cuenta los trabajadores con contrato de duración determinada.
Cuando se superen estos límites, la sociedad deberá reducirlos en el plazo máximo de 3 años, con un mínimo de una tercera parte, por año. BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 400 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO
-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSIÓN ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERÍA.
-VARIOS TEMAS.
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