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AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.  DOS
 
Don Hernández, administrador concursal del concurso voluntario de FRUITS representada por Doña María   que se sigue ante este Juzgado bajo el Procedimiento de concurso abreviado número /2015, ante este Juzgado de lo Mercantil comparezco en los citados autos y como mejor proceda en derecho DIGO:
 
PRIMERO.- Que el plazo de presentación del Informe de la Administración concursal finaliza el próximo día 19 de Julio de 2015.
 
SEGUNDO.- No obstante, concurren en la actualidad las siguientes circunstancias extraordinarias que dificultan racional y objetivamente el cumplimiento en plazo de la entrega del Informe:
 
 Se ha publicado con fecha 19 de Junio de 2015 en el Boletín Oficial del Estado la declaración de concurso de acreedores en la que se comunica que se tramitará por el procedimiento abreviado. A su vez, se informa de que el plazo para la comunicación de créditos es de un mes contado desde el siguiente a la publicación en dicho boletín. De esta forma tenemos que el plazo para la comunicación de créditos se extiende hasta el día 19 de Julio de 2015.
 El vencimiento para la comunicación a los acreedores establecida en el art. 95 LC sería el 19 de Julio de 2015, el mismo día del vencimiento para la comunicación de créditos por parte de los acreedores, no contando esta administración concursal con plazo para la calificación de créditos que se comuniquen el ultimo día del plazo y la comunicacion al acreedor con cinco días de antelación a la presentación del informe.
 Que se ha recibido la demanda incompleta, faltando en la misma los documentos números 2 Acta del acuerdo de acudir al concurso, Doc.5 Hoja identificativa del trabajador, Doc. 8 Cuentas del Ejercicio 2012 y Doc. 9 Memoria, habiéndose solicitado por este administrador concursal dichos documentos directamente a la concursada y también a su letrado, sin que hasta la fecha nos hubiesen hecho llegar los documentos señalados, por lo que este administrador concursal ha tenido que solicitar dichos documentos medianteescrito con registro de entregada 29 de Junio de 2015 a fin de que sean requeridos por el Juzgado.
ü Así como tampoco se ha podido efectuar las comunicaciones a todos los acreedores, debido a la falta de información de los trabajadores.
 
TERCERO.– Que asimismo ha de tenerse en cuenta que la documentación omitida es de vital importancia para la realización de informe, como lo son las cuentas del 2012 y la memoria de la concursada.
Documentación que una vez recibida, habrá de ser valorada y estudiada, con el fin de realizar un informe lo mas útil y profundo posible, y no un informe superficial .
CUARTO.- A la vista de tales circunstancias, y al amparo del art. 191.2 de la Ley Concursal, solicitamos que su SSª prorrogue formalmente el plazo legal de presentación del informe POR QUINCE DIAS adicionales, contado desde el día siguiente al vencimiento de comunicación de créditos.
En virtud de lo anterior,
SUPLICO: Que teniendo por presentado este escrito, se admita, y en su virtud, se acuerde la prórroga por plazo de un mes adicional para la presentación del Informe de conformidad con lo previsto en el art. 191.2 de la Ley Concursal. 

 

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