BORRADOR DE DECLARACIÓN Y DATOS FISCALES
La Agencia Tributaria, para ayudarle en la confección de su declaración de la Renta, pone a su disposición los datos fiscales de las rentas correspondientes al año 2007. Para hacerlo más fácil, si es posible, le confeccionamos el borrador de declaración.
Si ya realizó su solicitud en la declaración de RENTA 2006 (casilla 110) o confirmó su borrador de declaración el pasado ejercicio, no tiene que volver a solicitarlo.
Si no, puede solicitarlo del 3 de marzo al 23 de junio de 2008:
Por Internet: www.agenciatributaria.es
Por teléfono, en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas) o el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA
Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria
RECUERDE:
Para solicitarlo tendrá que aportar:
NIF 1 NIE del solicitantes
Casilla 681 de la declaración de Renta 2006
Es importante que nos haya comunicado con anterioridad cualquier variación en el domicilio o en los datos personales o familiares para que los envíos sean correctos.
Solicitado el borrador de declaración y analizada su situación por la Agencia Tributaria, puede:
a) Que podamos realizarle el borrador de declaración. En ese caso se lo enviamos por correo junto a los datos fiscales (excepto si lo solicitó por Internet, está suscrito a los servicios de alerta o abonado a la notificación telemática, que podrá verlo únicamente en su ordenador; los borradores de los fallecidos en el 2007 se recogerán en nuestras oficinas).
b) Que por su situación tributaria no podamos realizarle el borrador de declaración. En ese caso le enviaremos los datos fiscales.
Los datos fiscales que le enviamos proceden de información facilitada por terceros (sus pagadores, éntidades...). Con ellos puede aclarar las diferencias que vea entre los datos fiscales recibidos y sus datos reales.
En los próximos pasos debe de tener en cuenta:
a) Borrador de Declaración
Cuando disponga del borrador de declaración, REVISELO. Si encuentra algún error o faltase algún dato, podrá RECTIFICARLO:
Por Internet: www.agenciatributaria.es
Por teléfono, en el 901 200 345
Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria previa cita concertada por Internet o llamando al 901 12 12 24 (24 horas)
Puede consultar el borrador de declaración en vwvw.agenciatributaria.es, con certificado de usuario o con el número de referencia.
RECUERDE: Para rectificar el borrador de declaración es necesario aportar:
• NIF 1 NIE del titular y del cónyuge si es conjunta t • NÚMERO DE REFERENCIA
Cuando esté de acuerdo con el resultado del borrador de declaración, tiene distintas posibilidades para presentarlo o confirmarlo según sea su resultado, a devolver o a ingresar.
Dónde confirmar el borrador si resulta a devolver:
Por Internet, con certificado de usuario o el número de referencia
Por teléfono, en el 901 12 12 24 (24 horas) o en el 901 200 345
Por SMS desde su móvil enviando el siguiente mensaje al 5025:
- Para declaración individual:
RENTA (espacio) n°justificante (espacio) NIF
- Para declaración conjunta:
RENTA (espacio) n° justificante (espacio) NIF primer declarante (espacio) NIF cónyuge
Por banca electrónica y telefónica: de las entidades financieras que presten este servicio
Personalmente:
- En las oficinas de las entidades financieras que colaboran con la Agencia Tributaria, incluso en cajeros automáticos
- En las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas - En las oficinas de la Agencia Tributaria
Dónde confirmar el borrador si resulta a ingresar:
4b Si domicilia el pago:
Por Internet, con certificado de usuario o el número de referencia
Por teléfono, en el 901 200 345
Personalmente: En determinadas oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas
En las oficinas de la Agencia Tributaria Si no se domicilia el pago:
Por Internet, sólo con certificado de usuario (necesita el certificado de ambos cónyuges si declaran conjuntamente)
Por banca electrónica y telefónica de las entidades financieras que presten este servicio
Personalmente en las oficinas de las entidades financieras que colaboran con la Agencia Tributaria, incluso en cajeros automáticos
RECUERDE:
Tanto si el borrador de declaración resulta a ingresar como
a devolver, necesitará alguno de los siguientes datos:
NIF / NIE del titular y del cónyuge, si es conjunta
NÚMERO DE REFERENCIA
NÚMERO DE JUSTIFICANTE
ll~ • NÚMERO DE CUENTA CORRIENTE
MUY IMPORTANTE: LA FALTA DE RECEPCIÓN DEL BORRADOR DE DECLARACIÓN NO EXONERA AL CONTRIBUYENTE DE SU
OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN POR EL IRPF
PLAZO PARA PRESENTAR O CONFIRMAR EL BORRADOR
(y en su caso si necesita RECTIFICARLO):
DEL 1 DE ABRIL AL 30 DE JUNIO DE 2008.
51 DOMICILIA EL PAGO FINALIZA EL 23 DE JUNIO.
(El cargo se realizará el 30 de junio de 2008).
b) Datos Fiscales
Los datos fiscales le facilitan la realización de su declaración de la Renta. Puede consultar sus datos fiscales en Internet, si dispone de certificado de usuario o con el número de referencia. Para su mayor comodidad, puede incorporar directamente sus datos fiscales utilizando nuestro Programa de ayuda PADRE.
PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA Y
PATRIMONIO: DEL 2 DE MAYO AL 30 DE JUNIO DE 2008.
51 DOMICILIA EL PAGO HASTA EL 23 DE JUNIO.
(El cargo se realizará el 30 de junio de 2008).
MÁS FACILIDADES PARA DECLARAR
INTERNET, www.agenciatributaria.es
En nuestra página web podrá realizar numerosas gestiones. Para las transacciones que requieren mayor confidencialidad es necesario poseer certificado de usuario: podrá presentar su declaración de Renta y Patrimonio, confirmar el borrador de declaración, consultar sus datos fiscales, imprimir sus etiquetas, notificar cambios de domicilio, etc. Para obtener el certificado, entre en nuestra web o llame al 901 33 55 33 para más información.
RENTA INFORMACIÓN 901 33 55 33
La Agencia Tributaria está a su disposición para aclararle las dudas en la cumplimentación de su declaración de Renta y Patrimonio (de 9 a 21 horas de lunes a viernes del 21 de abril al 30 de junio).
PROGRAMA PADRE
Con el programa de ayuda puede confeccionar sus declaraciones de Renta y Patrimonio, descargándolo gratuitamente desde Internet o adquiriéndolo en CD en las oficinas de la Agencia Tributaria y en algunos estancos.
En nuestras oficinas le ayudamos con determinadas declaraciones de Renta 2007 (sin actividades económicas en estimación directa, alteraciones patrimoniales por más de 3 trasmisiones o regímenes especiales, fundamentalmente) previa cita.
Puede pedir cita:
Para rectificar su borrador de declaración (desde el 1 de abril hasta el 27 de junio) en Internet, en el 901 12 12 24 (24 horas) o el 901 22 33 44 (de 9 a 21 horas, de lunes a viernes, del 17 de abril al 27 de junio).
Para confeccionar su declaración (desde el 17 de abril hasta el 27 de junio) en Internet, en el 901 12 12 24 o el 901 22 33 44.
No olvide llevar el borrador de declaración o los datos fiscales si dispone de ellos y la documentación necesaria para efectuar los cálculos. Así como, el original del DNI / NIE de los contribuyentes, descendientes (mayores de 14 años) y ascendientes, referencias catastrales y el número de cuenta corriente.
Podrá presentar el borrador o la declaración que le entreguemos, en ese mismo momento, si el resultado es a devolver o negativo. También, si el resultado es a ingresar y domicilia el pago hasta el 23 de junio de 2008 (el cargo se realizará el 30 de junio).
RECUERDE
C oncertar cita tendrá que aportar el NIF / NIE
o uede acudir a una cita concertada, debe anularla (por terne n el 901 12 12 24 o el 901 22 33 44), para poder concertar otra nueva cita
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Las Comunidades Autónomas, en ejercicio de su corresponsabilidad fiscal, colaboran en la confección de declaraciones de Renta y Patrimonio. Para más información consulte en su Comunidad Autónoma.
-TRAFICO, MULTAS Y VEHICULOS.
-HERENCIAS Y DONACIONES.
-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.
-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.
-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSION ALIMENTOS, ETC
- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.
-PENALES.
-EXTRANJERIA.
-VARIOS TEMAS.
Listado que incluye todas la respuestas juridicas incluidas en la bases de consultas legales. |