Segunda.
a) Cuando se contraten los servicios de enseñanza antes de la fecha del comienzo de las clases del curso, se abonará, en concepto de matricula o reserva de plaza, la cantidad establecida en el pliego de condiciones especiales del presente contrato en
C/------------n° 1, de Tino ---------- Fax -------------
b El retraso por parte del alumno que demore en mas de tres días en el pago de las cantidades mencionadas. darar lugar al devengo del interes legal del dinero, o el ejercicio por parte de le academia de la facultad do resolver el contrato
c) El centro en ningún caso podrá ceder o subrogar el crédito a terceros sin el consentimiento expreso, inequívoco y escrito el alumno, con indicación y aceptación de, al menos, los siguientes extremos:
1.Nombre o denominación social y domicilio del financiador, en su caso
2. TAE o, en su caso, tipo de interés nominal anual, los gastos aplicables las condiciones en las que podrán modificares ambos
3. Importe, número y periodicidad de los pagos para el reembolso del crédito y el pago de intereses y demás gastos; asi como el importe total de estos pagos cuando sea posible, en otro caso, se hará una estimación calculada identificando el tipo de interés y los gastos aplicados
La cesión, que no privará al alumno de la facultad de compensar los créditos que tuviera, o pudiere tener, contra el cedente como consecuencia de este contrato,
Tercero.- Duración del contrato y cancelación
a) La duración del presente contrato es la prevista para el plan de estudios objeto del mismo, y que se refleja en el pliego de condiciones especiales
b) Los participantes tienen la potestad de cancelar de forma unilateral el curso hasta la celebración de la segunda sesión del mismo, debiendo abonar en este caso el 25 % del valor total establecido en el pliego de condiciones especiales.
CUARTA. Fuerza Mayor
En caso de que, por causa de fuerza mayor, el alumno se viera en la necesidad de no iniciar las clases objeto del contrato, el centro reintegrará al mismo el importe integro de las cantidades ya pagadas.
Ninguna de las partes será responsable del retraso en la ejecución de sus obligaciones ni de la no ejecución de las mismas (exceptuando el incumplimiento de pago a la otra parte) si este incumplimiento estuviese motivado por razones de fuerza mayor tal y como se define era él articulo 1105 del Código Civil, esta circunstancia se comunicará a la otra parte en el plazo más breve posible. Los plazos de entrega acordados se prolongaran en al menos el periodo de tiempo que haya durado la causa de fuerza mayor. Si la causa de fuerza mayor se prolonga mas de 3 meses, cualquiera de las partes podrá rescindir este contrato.
QU1NTA. Reclamaciones
a) El centro tiene a disposición de los alumnos Hojas de Redarnacianes conforme al modelo oficial, en su caso.
b) Para cualquier controversia que se derive de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, el empresario expresamente se somete al sistema arbitral de consumo, a través de la Junta Arbitral de Consumo que corresponda centro que imparte la enseñanza.
En-----------------------------, de---------- de----------- 200 El alumno (o su representante)
Este es un modelo para
regular la prestacion de servicios de enseñanza. Es
recomendable contar con asesoramiento juridico antes de
firmar y/o redactar cualquier tipo de contrato o documento
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