HOME/MAPA
consultas juridicas consultas legales
respuestas legales

Asesoramiento Jurídico y Legal .Consultatuderecho.com

abogado internet
laboral laboralista informe juridico

Consultas Juridicas

902 021 086

 
 
 
 
 

807 46 48 26

Donde un abogado por telefono le resolverá de forma inmediata, sus dudas legales.

-La llamada no podra durar mas de 30 min

- Sin tener que hacerse socio

- Sin pagar cuotas

- Sin darse de alta

- Hable sólo con abogados Coste máximo por minuto: · 1,18 € desde red fija y

· 1,53 € desde red móvil, impuestos incluidos.

Tfn. At. Cliente

902 021 086

Cuando no lo veas claro consulta a tu abogado

No esperes a tener un problema, evitarlo. Un abogado no es solo para ir a juicio, es tu asesor, cuando necesites consejo profesional. Es tu árbitro, cuando quieras evitar un pleito. Es tu defensor en un juicio. Es la respuesta a tus dudas ante un contrato, una herencia, un despido....

   
 

NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2009

 

 

CONSULTA JURÍDICA INMEDIATA 1,20+iva

DIVORCIO 450 EUROS

Servicio de reclamación de deudas coste 30 €

Elija abogado que le defienda en accidentes de tráfico con cargo a su poliza de seguro

Consulta Gratuita de Embargos Hipotecarios

Servicio de solicitud de Pensión de Incapacidad

Comentario en RadioTelevisiónEspañola Consultatuderecho.com

NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL

PARA EL AÑO 2009

RÉGIMEN GENERAL REPRESENTANTES DE COMERCIO

1.- DISPOSICIONES LEGALES

-Artículo 120 de la ley 2/2008, de 23 de diciembre ( B.O.E ) del 24 , de presupuestos generales del estado para el año 2009.

-Real decreto 1415/2004 , de 11 de junio ( B.O.E del 25 ), por el que se aprueba el reglamento general de recaudación de la Seguridad Social .

- Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre ( B.O.E del 25.1 ), por el que se aprueba el reglamento general sobre cotizaciones y liquidación de otros derechosw de la Seguridad Social .

-Real decreto 1426/1997 , de 15 de septiembre ( B.O.E. del 16 ), por los que se modifican determinados artículos del reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la seguridad social .

-Orden TIN/41/2009,de 20 de Enero ( B.O.E. del 24 ), sobre cotización a la seguridad social, desempleo,fondo de garantía salarial y formación profesional para el año 2009 .

 

2.- BASE DE COTIZACIÓN

La base de cotización, para todas las contingencias y situaciones comprendidas en la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social, vendrá determinada por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que mensualmente tenga derecho a percibir el trabajador o asimilado o la que efectiva­ mente perciba, de ser ésta superior, por razón del trabajo que realice por cuenta ajena, sin otras excepciones que las correspondientes a los conceptos no computables determinados en el número 2 del artículo 109 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en los términos establecidos en el artículo 23 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, en la redacción efec­ tuada por los Reales Decretos 1890/1999, de 10 de diciembre, y 1041/2005, de 5 de septiembre.

 

2.1.- Base de cotización para contingencias comunes.

A efectos de cotización, el colectivo de representantes de comercio está incluido en el grupo 5 de la escala de grupos de cotización vigente en el Régimen General de la Seguridad Social, siendo su base mínima a partir del 1 de enero de 2009, la cantidad de 728,10 euros mensuales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 2/2008, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, la base máxima aplicable, a partir del 1 de enero de 2009, es de 3.166,20 euros mensuales.

 

2.2.- Base de cotización para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La base de cotización para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se determinará en función de las remuneraciones percibidas del conjunto de las empresas para las que preste sus servicios, salvo que no se alcanzara el mínimo de cotización por esta contingencia (728,10) o se sobrepasara el máximo ( 3.166,20 ), en cuyo caso se considerarán dichos topes .

3.- TIPOS DE COTIZACIÓN

CONCEPTOS

Empresa (%)

(%) Trabajador

(%) Total

- Contingencias comunes ..................................................

23,60

4,70

28,30

- Horas extraordinarias:

- Fuerza Mayor ...............................................................

12,00

2,00

14,00

- Resto ..........................................................................

23,60

4,70

28,30

- Desempleo:

- General .......................................................................

5,50

1,55

7,05

- C.duración determinada t. completo .............................

6,70

1,60

8,30

- C.duración determinada t. parcial ..................................

7,70

1,60

9,30

- Fondo Garantía Salarial ...................................................

0,20

-

0,20

- Formación Profesional ....................................................

0,60

0,10

0,70

Contingencias de A.T. y E.P ........................................

I.T.

I.M.S.

TOTAL

Ocupación/situación "b" de la tarifa de primas establecida por

la D. A. 4 1 de la Ley 42/2006, de P.G.E. 2007, según redacción

D. F. 13á de la Ley 2/2008,de P.G.E. 2009 .........................

0,95

1,20

2,15

 

(1) Contratos temporales de duración efectiva inferior a 7 días, salvo de interinidad: Incremento de 36 por 100 de la cuota empresarial por Contingencias Comunes.

(2) Tipo de Contingencias Comunes (I.T.) de trabajadores mayores de 65 años de edad y 35 años cotizados (art. 112 bis L.G.S.S.): 1,70 por 100 (1,42 por 100 a cargo de la empresa, y 0,28 por 100 a cargo del trabajador).

A los representantes de comercio que presten sus servicios como tales para varias empresas les será de aplica­ ción el tipo de cotización por desempleo que corresponda a cada contratación. En el supuesto de que les corres­ ponda diferentes tipos, se dejará en blanco la casilla del boletín de cotización TC-1/3 correspondiente al tipo.

4.- INGRESO DE LAS CUOTAS

El ingreso de las cuotas se efectuará, con carácter mensual, durante el mes siguiente al de su devengo, mediante el boletín de cotización TC-1/3..

PARA UNA MAYOR INFORMACIÓN DIRÍJASE A LA CORRESPONDIENTE DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

C.Postal

Provincia

Dirección

Teléfono

Telefax

01004

 

ALAVA (Vitoria)

Postas, 42-A

945116 27 00

16 27 10

02002

 

ALBACETE

Avda. de España, 27

967/59 87 00

59 87 04

03005

 

ALICANTE

Enriqueta Ortega, 2

96/598 75 00

598 75 30

04007

 

ALMERIA

Fuente Victoria, 2

950/18 06 35

18 06 82

05001

 

AVILA

Avda. de Portugal, 4

920/20 60 00

20 60 31

06002

 

BADAJOZ

Ronda del Pilar. 10

924/21 14 00

21 14 19

07001

A

BALEARES (P.Mallorca)

Placa Cort, 4

971 /21 83 00

21 84 69

08007

 

BARCELONA

c/ Aragó. 273-275

93/496 20 00

496 22 45

09002

I

BURGOS

Andrés Martínez Zatorre, 15 y 17

947/25 92 00

25 92 12

10001

 

CACERES

Avda. de España. 14

927/62 00 00

62 00 70

11008

I

CADIZ

Avda. Amilcar Barca, 5

956/242800

242853

12003

 

CASTELLON

Plaza Juez Borrull, 14

964/72 73 00

72 73 33

13001

 

CIUDAD REAL

Avda. Rey Santo, 2

926/275500

27 55 44

14008

 

CORDOBA

Avda. Ronda de los Tejares. 23-25

957/49 96 00

49 97 27

15005

 

CORUÑA,A

Federico Tapia, 54-3 9

881/909000

90 90 01

16002

 

CUENCA

Parque de San Julián. 7

969/17 84 00

17 84 41

17005

 

GIRONA -

Avda.Josep Tarradellas i Joan, 3

972/40 91 00

40 91 54

18010

 

GRANADA

Gran Via de Colón,16 Ed.La Caixa

958/24 65 00

24 65 25

19001

 

GUADALAJARA

Carmen, 2

949/88 83 00

888457

20010

 

GUIPUZCOA (S.Sebastián)

Paseo. Podavines, 3

943/48 36 00

46 92 12

21001

1

HUELVA -

C/ Puerto, 50

959/492500

492537

22003

 

HUESCA

San Jorge, 34-36

974/29 43 00

29 43 10

23009

I

JAEN

Avda. de Madrid, 70

953/2167 00

2166 77

24002

 

LEON

Cinco de Octubre, 20

987/27 78 00

27 78 68

25004

I

LLEIDA

Salmerón, 14-16

973170 17 00

70 17 72

26001

 

RIOJA,LA (Logroño)

Sagasta, 2

941 /27 60 00

27 60 58

27001

I

LUGO A

Plaza de El Ferrol, 11

982/29 33 00

29 33 08

28036

 

MADRID

Agustín de Foxá, 28-30

91 /33 48 500

334 85 28

29007

 

MALAGA

Ingeniero de la Torre Acosta, 5

95/261 95 00

261 95 56

30009

 

MURCIA

Ortega y Gasset. s/n

968/39 50 00

39 51 20

31003

I

NAVARRA (Pamplona).

Conde Oliveto, 7

948/28 92 00

289203

32001

 

OUR EN SE

Avenida de España, 14

988/36 95 00

36 95 04

33007

I

ASTURIAS (Oviedo) I

Pérez de la Sala, 9

98/527 95 00

527 95 30

34003

 

PALENCIA

Av. Antigua Florida, 2

979/16 80 00

16 81 05

35004

 

PALMAS. LAS

Pérez del Toro, 89

928/44 05 12

440594

36201

 

PONTEVEDRA( Vigo)

García Barbón, 36

986/81 15 00

81 15 53

37001

 

SALAMANCA

Paseo de Canalejas, 129

923/29 61 00

29 61 02

38003

 

SANTA CRUZ TENERIFE

General Gutiérrez. 4

922/60 14 00

60 14 15

39002

I

CANTABRIA (Santander)

Avda. Calvo Sotelo, 8

942/20 4210

204245

40001

 

SEGOVIA

Plaza Reina Doña Juana. 1

921 /41 44 00

41 44 53

41018

I

SEVILLA

Pablo Picasso, s/n

95/459 17 00

459 17 49

42001

 

SORIA

San Benito, 17

975,23 45 00

23 45 31

43003

I

TARRAGONA

Rambla Nova, 84

977/25 96 00

259620

44001

 

TERUEL

Glorieta, 1

978,'64 71 00

60 98 11

45001

I

TOLEDO

Plaza San Agustín, 3

925/39 65 00

396501

46002

 

VALENCIA

Avda. Marqués de Sotelo, 8 y 10

96/310 25 00

310 25 01

47004

I

VALLADOLID

Gamazo, 5

983/21 56 00

21 56 33

48011

 

VIZCAYA (Bilbao)

Gran Via, 89

94/428 43 00

428 43 45

49012

 

ZAMORA

Avda. de Requejo, 23

980/55 95 00

55 95 55

 

 

7ARAGOZA

Avda de las Torres, 22

976/72 20 00

 

70 20 04

BASES DE CONSULTAS JURÍDICAS CON MAS DE 600 RESPUESTAS ACCESO INMEDIATO

-TRÁFICO, MULTAS Y VEHICULOS.

-HERENCIAS Y DONACIONES.

-PENSIONES, INCAPACIDADES LABORALES.

-TRABAJADORES, EMPRESAS, CONTRATOS LABORALES, SALARIOS, ETC.

-PROPIEDADES, FINCAS, VIVIENDAS, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.

-SEPARACIONES, DIVORCIOS, MENORES, PENSION ALIMENTOS, ETC

- FISCALIDAD, HACIENDA, SERVICIOS BANCARIOS.

-PENALES.

-EXTRANJERÍA.

-VARIOS TEMAS.

 

Listado que incluye todas la respuestas jurídicas incluidas en la bases de consultas legales.

 

Comentario en RadioTelevisionEspañola sobre Consultatuderecho.com

Para consultar a un abogado tenemos diferentes servicios jurídicos desde 1,20 € a 40 €.

La información aquí recogida lo es solamente a nivel orientativo, sin que quepa ningún tipo de responsabilidad por el uso que de la mismas se pueda hacer por terceras personas.

 El visitante debe verificar su contenido y actualidad en alguna fuente oficial, las afirmaciones y opiniones vertidas en esta pagina son meramente orientativas, y no constituyen en ningún caso, una asesoría o asistencia jurídica detallada. El despacho de abogados que la gestiona, no se responsabiliza del uso o interpretaciones que los lectores puedan hacer del contenido de esta pagina web y recomienda que ante cualquier contingencia se recurra a los servicios de un profesional.

 

LISTADO DE TODAS LAS PAGINAS DE LA WEB CONSULTATUDERECHO.COM
 
 
letrado gratis consultas juridicas gratis
consultas legales gratuitas consultatuderecho.com- - 2005- respuestas juridicas
preguntas juridicas respuestas legales preguntas legales